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Acuerdo de Cooperación en Materia de Telecomunicaciones entre el Gobierno de la República de Colombi Artículo 2o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/06/2024

Acuerdo de Cooperación en Materia de Telecomunicaciones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Argentina
Artículo 2o.

Las partes acuerdan que las actividades de cooperación podrán adoptar las siguientes modalidades:

1. Establecer una Comisión Mixta de alto Nivel que supervise el avance y seguimiento específico de las áreas de interés común identificadas en el artículo siguiente.

2. Intercambiar información y material sobre temas de interés común, y establecer canales apropiados para dicho intercambio.

3. Propiciar el intercambio de especialistas y personal técnico en telecomunicaciones.

4. Coordinar con organizaciones industriales, académicas, profesionales y otras, la disponibilidad de expertos en telecomunicaciones cuando no estén disponibles dentro de las Administraciones de Argentina y Colombia.

5. Promover la participación de empresas y profesionales que coadyuven al desarrollo de las comunicaciones.

6. Facilitar la realización de programas de capacitación, incluidos simposios, seminarios u otro tipo de eventos.

7. Brindar oportunidades para que cada una de las partes se puedan actualizar en relación con la estructura, organización, estatutos, reglamentos, políticas, métodos y procedimientos de la otra Parte.

8. Promover convenios para el estudio y reconocimiento de la certificación técnica de equipos y sistemas, incluida la homologación de los procedimientos y prueba de laboratorio.

9. Otras formas de Cooperación acordadas por las partes.

Colombia Art. 2o Se aprueba el Acuerdo de Cooperación en Materia de Telecomunicaciones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Argentina, hecho en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994)
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Según la ley 2101 de 2021, "por medio de la cual se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores" se implementará definitivamente la jornada de 42 horas semanales para el año 2025, mientras tanto se irá disminuyendo de manera gradual.


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Hola, buen día.

Es el caso en que el empleador y el trabajador han acordado que la remuneración de todos los festivos laborados (el trabajador está obligado a trabajar todos los festivos del año) del año están comprendidos en el salario base acordado, pero no son computados como festivos laborados. el trabajador tiene derecho a un día de descanso (de lunes a sábado) por cada festivo que trabaje?


Buenas tardes los empleadores pueden cambiar las fechas de pago? Antes lo hacían los 15 y 1 de cada mes .


El juez que deniegue analizar todas las pruebas bajo la sana critica, cercene y desecho sin motivación alguna, varias pruebas, incurre en prevaricato?


AAU Started providing academic services in 1990, Al-Ahliyya Amman University (AAU) was the first private university and pioneer of private education in Jordan. AAU has been accorded institutional and programmatic accreditation. It is a member of the International Association of Universities, Federation of the Universities of the Islamic World, Union of Arab Universities and Association of Arab Private Institutions of Higher Education. AAU always seeks distinction by upgrading learning outcomes through the adoption of methods and strategies that depend on a system of quality control and effective follow-up at all its faculties, departments, centers and administrative units. The overall aim is to become a flagship university not only at the Hashemite Kingdom of Jordan level but also at the Arab World level. In this vein, AAU has adopted Information Technology as an essential ingredient in its activities, especially e-learning, and it has incorporated it in its educational processes in all fields of specialization to become the first such university to do so.


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