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Acuerdo entre la República de Colombia y la República Federativa del Brasil sobre Sanidad Animal en Artículo 2o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Acuerdo entre la República de Colombia y la República Federativa del Brasil sobre Sanidad Animal en Areas de Frontera
Artículo 2o.

Para fines de la ejecución del programa coordinado a que se refiere el artículo anterior, las Partes contratantes se comprometen a:

1) Coordinar las medidas que deban ser tomadas en ambos países para combatir y controlar las enfermedades en las regiones de la frontera;

2) Prestar colaboración de carácter técnico en las actividades relacionadas con el control de vacunas y productos zooterápicos, diagnósticos, investigaciones y otras tareas similares;

3) Cooperar en el perfeccionamiento recíproco de personal técnico, a través de los servicios de capacitación existentes en cada uno de los dos países;

4) Realizar intercambio permanente de informaciones epizcóticas, en la región de la frontera, así como de otras informaciones de interés para el control de las enfermedades a que se refiere este Acuerdo;

5) Celebrar convenios especiales de ayuda recíproca, cuando sean indispensables, para el control de la situación sanitaria, convenio que serán estudiados y formulados en el seno de la Comisión Mixta a que se refiere el artículo IV del presente instrumento;

6) Solicitar, de común acuerdo, la colaboración de sus instituciones nacionales, así como los organismos internacionales, para la realización de actividades destinadas a la implementación presente Acuerdo;

7) Examinar conjuntamente las normas que sean dictadas en cada uno de los países para la aplicación de este Acuerdo, con el fin de que el ajuste y revisión de las mismas contribuyan al mejor éxito de los objetivos señalados.

Colombia Art. 2o se aprueba el Acuerdo entre la República de Colombia y la República Federativa del Brasil sobre Sanidad Animal en Areas de Frontera, suscrito en Bogotá el 16 de julio de 1985
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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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