Se crea el reconocimiento por La Paz, Diana Turbay

Artículo 1. OBJETO

La presente ley tiene por objeto crear el Reconocimiento por la Paz, Diana Turbay, en conmemoración a su labor periodística con la que pretendió conseguir una salida negociable al conflicto armado, trabajando incansablemente para lograr una paz estable y duradera en Colombia.



Artículo 2. RECONOCIMIENTO

Créese el Reconocimiento por la Paz, Diana Turbay que se entregará anualmente para galardonar a quienes hayan contribuido de manera excepcional en la terminación del conflicto y en la construcción de una Paz estable y duradera en Colombia.



Artículo 3.

Facúltese al Gobierno nacional para que a través de la Presidencia de la República, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, reglamente todo lo necesario para la aplicación y cumplimiento de lo aquí dispuesto, como: los requisitos para la postulación de candidatos, el método de escogencia, el galardón, así como la ceremonia de entrega del Reconocimiento por la Paz, Diana Turbay.



Artículo 4. VIGENCIA

Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación