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Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 -1998 Artículo 11 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 -1998
Artículo 11.

Las estrategias sociales para la formación del nuevo ciudadano más solidario en lo social, más pacífico en sus relaciones con sus semejantes, más integrado en lo cultural, y por tanto más orgulloso de ser colombiano, buscarán que el país aprenda a ser comunidad educativa total. Las principales son:

1. La estrategia salto educativo y cultural, para universalizar la educación básica, fomentar la educación superior, organizar la educación extraescolar de la niñez y la juventud y promover el deporte, infundir el espíritu de la educación en todas las estructuras del sistema social, y dinamizar la cultura como fundamento de la identidad nacional.

2. Las estrategias para el mejoramiento de las condiciones de vida, para asumir una opción preferencial por los pobres, dar prioridad a la inversión social y superar la marginalidad social.  

Las principales son:

- Ampliación de la cobertura de los servicios de agua potable y saneamiento ambiental.

- Extensión de la cobertura de la seguridad social integral.

- Mejoramiento del hábitat.

- Disminución de la desnutrición.

- Generación de empleo e ingresos por medio de programas especiales para poblaciones vulnerables.

- Acceso de pequeños productores urbanos y rurales a los recursos productivos y servicios sociales.

3. Estrategia de fortalecimiento de la familia, para formar a la niñez y a la juventud, impulsar la educación continuada de los adultos, asimilar la sabiduría de quienes han llegado a la edad avanzada, garantizar el equilibrio ético y afectivo de la sociedad, y brindarles estabilidad y dinamismo a los procesos de personalización e integración comunitaria.

4. Estrategia de pueblos y comunidades afrocolombianas y raizales para que comunidades confundantes de la nacionalidad colombiana sean autoras de su propio progreso y creadoras de un mundo cultural acorde con su identidad y puedan, en diálogo fecundo con otros núcleos sociales configurantes de la Nación, brindar sus valores y sabiduría y recibir justo apoyo.

5. Estrategia de migraciones y asentamientos humanos, para ordenar los flujos migratorios de la población en el territorio nacional y en el exterior, e incidir sobre sus causas y efectos en la vida rural y urbana.



Colombia Art. 11 Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 -1998
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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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