Por medio del cual se modifica la ley 582 de 2000 y se dictan otras disposiciones Artículo 9 Colombia
Por medio del cual se modifica la ley 582 de 2000 y se dictan otras disposiciones
Artículo 9. Funciones de la Federación Colombiana de Deporte para Sordos
La Federación Colombiana de Deporte para Sordos, cumplira las siguientes funciones, ademas de las que contemplen sus propios estatutos:
1.Definir anualmente el calendario deportivo nacional con sujeción a calendario internacional.
2.Llevar un registro actualizado de sus atletas .
3.Elaborar el plan anual de desarrollo que incluya objetivos, metas, presupuestos, actividades e indicadores, de conformidad con las politicas publicas fijadas por Coldeportes.
4.Adoptar el reglamento antidopaje que atienda las disposiciones de la Agencia Mundial Antidopaje, el Comite Internacional de Deportes para Sordos y las normas nacionales que regulan la materia.
5.Inscribirse en el Registro Unico del Deporte y de la Recreación de la Camara de Comercio de su domicilio.
6.Registrar en el Registro Unico del Deporte y de la Recreación de la Camara de Comercio de su domicilio, los libros de actas, en donde consten las decisiones de los órganos de dirección y administración.
7.Inscribir en el Registro Unico del Deporte y de la Recreación de la Camara de Comercio de su domicilio, las reformas, estatuarias.
8.Inscribir ante el Registro Unico del Deporte y de la Recreación de la Camara de Comercio, de su domicilio, de manera anual, el listado de sus afiliados en los teq11inos, requisitos y forma establecidos por el Gobierno Nacional para tal registro.
9.Mantener actualizado la inscripción de los miembros del órgano de administración, control y disciplina y/o representantes en el Registro Unico del Deporte y la recreación, en las condiciones senaladas por la Camara de Comercio de su jurisdicción.
10.Inscripción del reconocimiento deportivo en el Registro Unico del Deporte y de la Recreación de la Camara de Comercio con jurisdicción en el domicilio principal.
11.Elaborar los programas de preparación y participación de las delegaciones deportivas en eventos propios internacionales.
12.Desarrollar programas de capacitación y actualización para sus entrenadores, autoridades de juzgamientos y dirigentes deportivos.
13.Cumplir oportunamente los compromisos y los requerimientos que exijan los organismos deportivos internacionales a los que esten afiliados.
14.Prestar asistencia tecnica para la realización de los diferentes eventos deportivos realizados en el pafs.
15.Desarrollar progresivamente sus deportes.
16.Cumplir con el manual de buenas practicas deportivas, promovido y elaborado por la federación, para regular las relaciones de la entidad deportiva con los atletas individualmente considerados, particularmente en los asuntos relacionados con antidopaje y apuestas ilegales.
17.Las demas que determine la ley.
Paragrafo. Las funciones de la Federación Colombiana de Sordos al igual que de los demas organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte, atinentes a la realización de actos en el Registro Unico del Deporte y de la Recreación de la Camara de Comercio con jurisdicción en el domicilio principal, quedaran supeditados a la expresa creación legal de este Ultimo y a SU entrada en vigencia.
Colombia Art. 9 Por medio del cual se modifica la ley 582 de 2000 y se dictan otras disposiciones
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Hola, buen día.
Es el caso en que el empleador y el trabajador han acordado que la remuneración de todos los festivos laborados (el trabajador está obligado a trabajar todos los festivos del año) del año están comprendidos en el salario base acordado, pero no son computados como festivos laborados. el trabajador tiene derecho a un día de descanso (de lunes a sábado) por cada festivo que trabaje?
Buenas tardes los empleadores pueden cambiar las fechas de pago? Antes lo hacían los 15 y 1 de cada mes .
El juez que deniegue analizar todas las pruebas bajo la sana critica, cercene y desecho sin motivación alguna, varias pruebas, incurre en prevaricato?
AAU Started providing academic services in 1990, Al-Ahliyya Amman University (AAU) was the first private university and pioneer of private education in Jordan. AAU has been accorded institutional and programmatic accreditation. It is a member of the International Association of Universities, Federation of the Universities of the Islamic World, Union of Arab Universities and Association of Arab Private Institutions of Higher Education. AAU always seeks distinction by upgrading learning outcomes through the adoption of methods and strategies that depend on a system of quality control and effective follow-up at all its faculties, departments, centers and administrative units. The overall aim is to become a flagship university not only at the Hashemite Kingdom of Jordan level but also at the Arab World level. In this vein, AAU has adopted Information Technology as an essential ingredient in its activities, especially e-learning, and it has incorporated it in its educational processes in all fields of specialization to become the first such university to do so.
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