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Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fi Artículo 81 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/06/2024

Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019
Artículo 81. Plan de austeridad del gasto

Durante la vigencia fiscal de 2019, los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, en cumplimiento del Plan de Austeridad y del Decreto número 1068 de 2015, deberán abstenerse de realizar las siguientes actividades:

a) Celebrar contratos de prestación de servicios con personas naturales o jurídicas. Solo procederá la contratación cuando no exista personal de planta con capacidad para realizar las actividades que serán contratadas, en concordancia con lo previsto en el artículo 2.8.4.4.5 del Decreto número 1068 de 2015;

b) Celebrar contratos de publicidad y/o propaganda personalizada o que promocione la gestión del Gobierno nacional, (agendas, almanaques, libretas, pocillos, vasos, esferos, etc.), adquirir libros, revistas, o similares; imprimir informes, folletos o textos institucionales;

c) Realizar publicaciones impresas. Quedan prohibidas las publicaciones impresas y, en especial, las de costos elevados correspondientes a impresiones a color o en papeles especiales. Las publicaciones de toda entidad deberán hacerse en su espacio web;

d) Iniciar cualquier tipo de contratación que implique mejoras suntuarias, tales como el embellecimiento, la ornamentación o la instalación o adecuación de acabados estéticos de bienes inmuebles. El mantenimiento a bienes inmuebles, solo procederá cuando de no hacerse se ponga en riesgo la seguridad de los funcionarios públicos;

e) Adquirir bienes muebles no necesarios para el normal funcionamiento de las instituciones tales como neveras, televisores, equipos audiovisuales, video beam, computadores portátiles, tableros interactivos, calentadores, hornos, etc.;

f) Adquirir vehículos automotores;

g) Cambiar de sedes. Solo procederá cuando no genere impacto presupuestal o su necesidad haga inaplazable su construcción;

h) Realizar recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Tesoro Público. Otorgar condecoraciones de cualquier tipo;

i) Adquirir regalos corporativos, souvenir o recuerdos.

Asimismo, las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación deberán realizar las siguientes acciones:

1. Reducir comisiones de servicio, estudio o capacitación al interior y al exterior en por lo menos el 20% respecto del año anterior.

2. Durante el primer mes de la vigencia deberá diseñar un programa de compra de energía que involucre el suministro de la misma a todas sus dependencias que existan en el territorio nacional. Deberá lograrse un ahorro en el consumo de energía del 15%, respecto del consumo del año anterior.

3. Contratar planes corporativos de telefonía móvil o conmutada que permitan lograr ahorros del 15%, respecto del consumo del año anterior. No se podrán adquirir nuevos equipos de telefonía celular, salvo que las reposiciones de los equipos no representen costos adicionales.

4. Se deberá justificar la necesidad de los gastos viaje y viáticos, los pasajes aéreos solo serán en clase económica, excepto los señalados en el artículo 2.2.5.11.5 del Decreto número 1083 de 2015.

Las Oficinas de Control Interno verificarán en forma trimestral el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente artículo.

PARÁGRAFO. El Ministerio de Defensa Nacional - Fuerzas Militares y Policía Nacional, establecerá un plan para la contratación o la realización directa de ediciones, impresiones o publicaciones de documentos, estricta y directamente relacionados con los programas y las funciones que legalmente debe cumplir; para la adquisición de vehículos que sean para el uso exclusivo de defensa y seguridad nacional; y para dar cumplimiento con los estatutos de carrera y las disposiciones en materia de estímulos y ascenso, con el otorgamiento e imposición de condecoraciones de conformidad con lo previsto en las disposiciones especiales que las rigen, el cual deberá generar un ahorro en los gastos causados por estos conceptos por lo menos del 15%, respecto a la vigencia anterior. Las mismas reglas enunciadas anteriormente aplicarán al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en lo relacionado con el ejercicio de las funciones que le son propias.

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El juez que deniegue analizar todas las pruebas bajo la sana critica, cercene y desecho sin motivación alguna, varias pruebas, incurre en prevaricato?


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Depende la clase de golpe que ha causado al ciclista; si es leve, grave o mortal, para cuyo ultimo caso debe ser objeto de investigacion administrativa y judicial, la prueba determinina si el accidente fue culposo o doloso.


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