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Se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 de enero de 2019 al 3 Artículo 43 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020
Artículo 43. Operaciones de crédito público con cargo a las asignaciones directas

De conformidad con el inciso 4 del artículo 40 y el artículo 133 de la Ley 1530 de 2012, las entidades territoriales podrán contratar operaciones de crédito público con cargo a las asignaciones directas del Sistema General de Regalías, para lo cual deberán tener en cuenta:

1. Las operaciones de crédito público no podrán superar el periodo de gobierno del respectivo Gobernador o Alcalde. Se exceptúan los proyectos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica, sin que en ningún evento pueda superarse 2 bienalidades que deberá corresponder al plazo máximo de ejecución de los proyectos de inversión.

2. En el último año del periodo de gobierno del respectivo Gobernador o Alcalde, no se podrán celebrar operaciones de crédito público con cargo a los recursos de asignaciones directas.

3. Se podrá celebrar operaciones de crédito público cuando los recursos disponibles de las asignaciones directas no sean suficientes para la financiación de un proyecto de inversión.

Los Órganos Colegiados de Administración y Decisión podrán aprobar el proyecto de inversión financiado con operaciones de crédito público con cargo a las asignaciones directas, siempre y cuando la suma de los recursos aprobados a la entidad por concepto de i) servicio de la deuda, ii) vigencias futuras y iii) el crédito que financiará el respectivo proyecto de inversión, no exceda el 50% de las proyecciones de ingresos del Plan de Recursos para cada año.

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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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