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Se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismo Artículo 29 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal
Artículo 29. Órganos de dirección, administración y vigilancia

De conformidad con el número de afiliados o afiliadas y demás características propias de cada región, los organismos comunales determinarán los órganos de dirección, administración y vigilancia con sus respectivas funciones, los cuales podrán ser entre otros los siguientes:

 

a) Asamblea General de afiliados;

 

b) Asamblea general de delegados a partir del segundo grado;

 

c) Dirección ejecutiva;

 

d) Asamblea de Residentes;

 

e) Junta Directiva; conformada por la presidencia, vicepresidencia, tesorería y secretaria;

 

f) Comité Asesor;

 

g) Comisiones de Trabajo o Secretarias Ejecutivas, según sea el caso, de acuerdo al grado del organismo comunal;

 

h) Comisiones Empresariales;

 

i) Comisión de Convivencia y Conciliación;

 

j) Fiscalía;

 

k) Secretaría General;

 

l) Comité Central de Dirección;

 

m) Directores Provinciales;

 

n) Directores Regionales;

 

o) El comité de fortalecimiento a la democracia, participación ciudadana y comunitaria;

 

p) Comisión pedagógica nacional y Territorial;

 

q) Comisión de vivienda;

 

r) Comisión de Derechos humanos;

 

s) Comisión de Juventud, igualdad de género y poblaciones diferenciales;

 

t) Comisión de Desarrollo territorial y medio ambiente;

 

v) (sic) Comisión accidental para la atención de emergencia;

 

w) Comité juvenil.

 

Parágrafo 1. Como órgano consultivo para la toma de decisiones que afecten o sobrepasen la cobertura de los intereses exclusivos de los organismos de acción comunal de primer grado, y en casos de toma de decisiones de carácter y afectación general, se podrá convocar a la asamblea de residentes en la cual participarán, con derecho a voz y voto, además de los afiliados al organismo de acción comunal respectivo, las personas naturales con residencia en el territorio de organismos de acción comunal y con interés en los asuntos a tratar en la misma.

 

Parágrafo 2. Las asambleas de residentes constituyen una instancia a través de la cual las administraciones municipales podrán socializar, debatir y consultar sus planes y proyectos con la comunidad y hacer las respectivas rendiciones de cuentas.

 

Parágrafo 3. La Comisión Pedagógica Nacional, distrital, departamental y municipal, estará integrada por afiliados de la Acción comunal y será un órgano externo asesor y consultor, como también el encargado de la formación comunal, comunitaria y formal, a los afiliados y delegados de los organismos comunales. Estas comisiones estarán conformadas en el marco del programa Formador de Formadores.

 

Parágrafo 4. Los organismos de Acción Comunal podrán constituir plataformas o redes, integradas por los afiliados a la organización comunal, para fortalecer las comisiones de trabajo, las secretarias ejecutivas y generar nuevos liderazgos en todo el territorio colombiano de acuerdo a las vocaciones de servicio.

 

Parágrafo 5. Es deber del Comité Juvenil velar por la inclusión de los jóvenes en los órganos de acción comunal, crear planes y estrategias encaminadas a incentivar la integración poblacional, y promover la formación comunal en las juventudes. El comité juvenil estará conformado por mínimo 3 afiliados menores de veintiocho (28) años.



Colombia Art. 29 Se deroga la ley 743 de 2002, se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal y se establecen lineamientos para la formulación e implementación de la política pública de los organismos de acción comunal y de sus afiliados, y se dictan otras disposiciones
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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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