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Se rinde honores a la desaparecida ciudad de Armero (Tolima), y a sus víctimas Artículo 27 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Se rinde honores a la desaparecida ciudad de Armero, y a sus víctimas
Artículo 27. Funciones del museo centro de memoria histórica

Son funciones generales del Museo Centro de Memoria Histórica, sin perjuicio de las que se determinen en el Decreto que fije su estructura y funcionamiento:

a) Recolectar, clasificar, sistematizar, preservar y custodiar los materiales que recoja o sean entregados voluntariamente por personas naturales o jurídicas, que se refieran o documenten los temas relacionados con la memoria, con la historia;

b) Promover actividades participativas y formativas sobre la preservación del medio ambiente y la prevención e instrucción de atención de desastres y calamidades naturales;

c) Llevar a cabo actividades museísticas y pedagógicas con ayudas audiovisuales sobre Prevención y Atención de Desastres y del Medio Ambiente;

d) Realizar exhibiciones o muestras, eventos de difusión y de concientización sobre el valor de la memoria histórica, la identidad cultural, el sentido de pertenencia, etc.;

e) Realizar actividades lúdicas y recreativas que generen identidad histórica y cultural.

PARÁGRAFO 1o. En desarrollo de los principios de autonomía y descentralización, en ningún caso se obstaculizarán o interferirán los proyectos, programas o cualquier otra iniciativa que sobre reconstrucción de la memoria histórica de la desaparecida ciudad de Armero avancen entidades u organismos públicos o privados, personas naturales o jurídicas.

PARÁGRAFO 2o. En este centro de memoria histórica tendrán espacio destacado las danzas folclóricas de Armero, la Casa de la Cultura y el Instituto Antropológico Carlos Roberto Darwin.

PARÁGRAFO 3o. El Gobierno Nacional podrá firmar acuerdos que le otorguen carácter y dimensión internacional al Museo Centro de Memoria Histórica, así como para la recepción de apoyo técnico, científico y presupuestal.

Colombia Art. 27 Se rinde honores a la desaparecida ciudad de Armero (Tolima), y a sus víctimas, y se dictan otras disposiciones
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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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