Código Nacional de Policía y Convivencia Artículo 80 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024
Código Nacional de Policía
Artículo 80. Carácter, efecto y caducidad del amparo a la posesión, mera tenencia y servidumbre
El amparo de la posesión, la mera tenencia y las servidumbres, es una medida de carácter precario y provisional, de efecto inmediato, cuya única finalidad, es mantener el statu quo mientras el juez ordinario competente decide definitivamente sobre la titularidad de los derechos reales en controversia y las indemnizaciones correspondientes, si a ellas hubiere lugar. PARÁGRAFO. La acción policial de protección a la posesión, la mera tenencia y servidumbres de los inmuebles de los particulares, caducará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la perturbación por ocupación ilegal.
Colombia Art. 80 Código Nacional de Policía y Convivencia
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
18/02/22 17:30:05
si lleva el mero tenedor mas de diez años pero perdio el proceso de pertenencia puede solicitar el amparo policivo para desalojar al mero tenedor
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