Se aprueba el Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia, hecho en Oporto, Portugal, el diecisiete (17) de octubre de mil novecientos noventa y ocho (1998) (Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia) Colombia
Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia
- Artículo 1. La plena vigencia de las instituciones democráticas y el...
- Artículo 2. Las disposiciones contenidas en el presente Protocolo se...
- Artículo 3. Ante acontecimientos que puedan ser considerados como ruptura del orden...
- Artículo 4. Si el resultado de las consultas mencionadas en el artículo...
- Artículo 5. Las medidas señaladas en el artículo anterior...
- Artículo 6. Sin perjuicio de lo anterior, los Gobiernos de los Países...
- Artículo 7. Las medidas adoptadas en virtud del artículo 4 cesarán...
- Artículo 8. La Comunidad Andina procurará incorporar una cláusula...
- Artículo 9. Este Protocolo entrará en vigencia cuando todos los...
Otras regulaciones
Se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias Se aprueba el Tratado sobre el Traslado de personas condenadas Normas relacionadas con los agroquímicos genéricos Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales Se dictan disposiciones en materia del Talento Humano en SaludMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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