Imprimir

Convenio de asistencia judicial mutua en materia penal entre el Gobierno de la República de Colombia Artículo 11 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/06/2024

Convenio de asistencia judicial mutua en materia penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Francesa
Artículo 11.





1. Toda persona detenida cuya comparecencia personal en calidad de testigo se solicite por la Parte Requirente, será transferida temporalmente al territorio donde tendrá lugar la audiencia, en la cual se recibe el testimonio, bajo condición de su reenvío en el plazo indicado por la Parte Requerida y bajo reserva de las disposiciones del artículo 12, en la medida en que sean aplicables.

La transferencia podrá ser denegada:

a) Si la persona detenida no diere su consentimiento;

b) Si su presencia fuese necesaria en un proceso penal en curso en el territorio de la Parte Requerida;

c) Si dicha transferencia pudiere prolongar su detención, o

d) Si otras consideraciones imperiosas se opusieren a su transferencia al territorio de la Parte Requirente.

2. Una Parte podrá autorizar el tránsito por su territorio de personas detenidas por un tercer Estado, cuya comparecencia personal para fines de una audiencia, hubiese sido solicitada por la otra Parte.

Esta autorización será acordada previo una solicitud acompañada por todos los documentos necesarios.

3. La persona transferida deberá permanecer detenida en el territorio de la Parte Requirente o, de ser el caso, en el territorio de la Parte a la que se solicitó el tránsito, a menos que la Parte Requerida solicite su puesta en libertad durante la transferencia temporal.

4. Cada Parte podrá denegar el otorgamiento del tránsito de sus nacionales.

Colombia Art. 11 Se aprueba el Convenio de asistencia judicial mutua en materia penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Francesa, hecho en la ciudad de París, el veintiuno (21) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997)
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...9o 10 11 12 13 ...23

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, buen día.

Es el caso en que el empleador y el trabajador han acordado que la remuneración de todos los festivos laborados (el trabajador está obligado a trabajar todos los festivos del año) del año están comprendidos en el salario base acordado, pero no son computados como festivos laborados. el trabajador tiene derecho a un día de descanso (de lunes a sábado) por cada festivo que trabaje?


Buenas tardes los empleadores pueden cambiar las fechas de pago? Antes lo hacían los 15 y 1 de cada mes .


El juez que deniegue analizar todas las pruebas bajo la sana critica, cercene y desecho sin motivación alguna, varias pruebas, incurre en prevaricato?


AAU Started providing academic services in 1990, Al-Ahliyya Amman University (AAU) was the first private university and pioneer of private education in Jordan. AAU has been accorded institutional and programmatic accreditation. It is a member of the International Association of Universities, Federation of the Universities of the Islamic World, Union of Arab Universities and Association of Arab Private Institutions of Higher Education. AAU always seeks distinction by upgrading learning outcomes through the adoption of methods and strategies that depend on a system of quality control and effective follow-up at all its faculties, departments, centers and administrative units. The overall aim is to become a flagship university not only at the Hashemite Kingdom of Jordan level but also at the Arab World level. In this vein, AAU has adopted Information Technology as an essential ingredient in its activities, especially e-learning, and it has incorporated it in its educational processes in all fields of specialization to become the first such university to do so.


Depende la clase de golpe que ha causado al ciclista; si es leve, grave o mortal, para cuyo ultimo caso debe ser objeto de investigacion administrativa y judicial, la prueba determinina si el accidente fue culposo o doloso.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse