La nación exalta la memoria, vida y obra del pintor, muralista, escultor antioqueño Pedro Nel Gómez Agudelo y se declara como bien de interés público y cultural la casa museo que lleva su nombre en el municipio de Medellín, Antioquia (La nación exalta la memoria, vida y obra del pintor, muralista, escultor antioqueño Pedro Nel Gómez ) Colombia
La nación exalta la memoria, vida y obra del pintor, muralista, escultor antioqueño Pedro Nel Gómez Agudelo
- Artículo 1. La República de Colombia exalta la memoria del pintor, muralista,...
- Artículo 2. El Congreso de la República declara la “Casa Museo Pedro Nel...
- Artículo 3. Autorícese al Gobierno nacional para que en cumplimiento del...
- Artículo 4. Las autorizaciones de gastos otorgados al Gobierno nacional en virtud de...
- Artículo 5. En memoria y honor permanente al nombre del ilustre pintor, muralista y...
- Artículo 6. Para el cumplimiento de los fines consagrados en la presente ley se autoriza...
- Artículo 7. Corresponderá a la Contraloría General del Departamento...
- Artículo 8. La presente ley rige a partir de su promulgación.
Otras regulaciones
Se aprueba el Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno del Reino de Marruecos Se establecen los lineamientos para el desarrollo de la politica publica de prevencion de la infertilidad Se establece la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero y se crea el Fondo Nacional del Ganado Se autoriza y reglamenta la actividad de la HeliciculturaMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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