La nación se asocia a los 200 años de la Fundación del municipio de Guatapé, en el departamento de Antioquia (La nación se asocia a los 200 años de la Fundación del municipio de Guatapé) Colombia
La nación se asocia a los 200 años de la Fundación del municipio de Guatapé
- Artículo 1o. La Nación rinde homenaje al municipio de Guatapé en el...
- Artículo 2o. La Academia Colombiana de Historia, con la colaboración de la casa de...
- Artículo 3o. La Nación erigirá un monumento a los fundadores en...
- Artículo 4o. Radio y televisión de colombia
- Artículo 5o. De conformidad con los artículos 334 , 341 y 359 numeral 3 de la...
- Artículo 6o. Autorízase al Gobierno Nacional para realizar los traslados...
- Artículo 7o. Esta ley rige desde la fecha de promulgación. El Presidente del...
Otras regulaciones
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Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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