Se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones.(Rosa Elvira Cely) (Se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo) Colombia
Se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo
- Artículo 1o. Objeto de la ley
- Artículo 2o. La Ley 599 de 2000 tendrá un artículo 104A del siguiente tenor:...
- Artículo 3o. La Ley 599 de 2000 tendrá un artículo 104B del siguiente tenor:...
- Artículo 4o. Modifíquese el segundo inciso del artículo 119 del...
- Artículo 5o. Preacuerdos
- Artículo 6o. Principios rectores de la debida diligencia en materia de investigación y juzgamiento del delito de feminicidio
- Artículo 7o. Actuaciones jurisdiccionales dentro del principio de la diligencia debida para desarrollar las investigaciones y el juzgamiento del delito de feminicidio
- Artículo 8o. Obligatoriedad y características de la investigación del feminicidio
- Artículo 9o. Asistencia técnico legal
- Artículo 10. Sobre la perspectiva de género en la educación preescolar, básica y media
- Artículo 11. Formación de género, derechos humanos o derecho internacional humanitario de los servidores públicos
- Artículo 12. Adopción de un sistema nacional de estadísticas sobre violencia basada en género
- Artículo 13. Vigencia
Otras regulaciones
La Nación se asocia a la celebración del bicentenario de la fundación del Municipio de Bolívar Se renueva la emisión de la Estampilla Universidad de Sucre, Tercer Milenio Convenio de asistencia judicial mutua en materia penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Francesa Se modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las personas que desempeñan funciones públicas La emisión de la estampilla Universidad Distrital Francisco José de Caldas – 50 añosMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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