Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fi Artículo 44 Colombia
Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1997
Artículo 44.
Dadas las limitaciones presupuestales y de conformidad con los artículos 25 de la Ley 38 de 1989, 18 y 19 de la Ley 179 de 1994 y la Sentencia número C-592/95 Exp. D-975 de la Corte Constitucional, no se solicitarán apropiaciones para el Fondo de Solidaridad Pensional, ni se apropiará el aporte nacional para el Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud, equivalente al punto que la Nación le transfiere como contrapartida de acuerdo con lo establecido en el artículo 221 de la Ley 100 de 1993. La participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación tendría un incremento igual al 17.001% en el año de 1997.
El Gobierno presentará simultáneamente un proyecto de ley de racionalización del gasto público, que definirá la fuente de financiació de tales fondos.
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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?
Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.
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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez
Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?
Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?
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Se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios Artículo 149. Definición Acuerdo relativo a los servicios postales de pago Artículo 8. Confidencialidad Convención para el Arreglo Pacífico de los Conflictos Internacionales Artículo 70. Se decreta el Presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2005 Artículo 48.Publique la información de sí mismo
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