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Se desarrolla el artículo 325 de la Constitución política y se expide el régimen especial de la Regi Artículo 10 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Se desarrolla el artículo 325 de la Constitución política y se expide el régimen especial de la Región metropolitana Bogotá
Artículo 10. COMPETENCIAS POR ÁREAS TEMÁTICAS

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, la Región Metropolitana ejercerá sus competencias en las siguientes áreas temáticas:

 

En materia de movilidad:

 

1. Ejercer como autoridad regional de transporte en el ámbito geográfico de su jurisdicción, en las modalidades que le hayan sido asignadas en la presente ley.

 

2. Coordinar e integrar el servicio de transporte público regional.

 

3. Planear en su ámbito geográfico la infraestructura para la movilidad entre los municipios de su jurisdicción, teniendo en cuenta las determinantes ambientales, en articulación interinstitucional con la Nación y el resto de los territorios colindantes con la Región Metropolitana.

 

4. Coordinar en su ámbito geográfico el servicio de transporte de carga y la logística regional.

 

5. Desarrollar en su ámbito geográfico proyectos de infraestructura de movilidad regional con todas las garantías ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente y sus competencias.

 

6. Formular y adoptar el Plan de Movilidad Sostenible y Segura de la Región Metropolitana, para dar prelación a los medios de transporte no motorizados (peatón y bicicleta) y al transporte público con energéticos y tecnologías de bajas o cero emisiones.

 

 

 Procurar el uso del Río Bogotá como alternativa de movilidad y transporte público, con el fin de aumentar las alternativas sostenibles de transporte de la Región Metropolitana.

 

En materia de seguridad ciudadana, convivencia y justicia:

 

 Diseñar y liderar el sistema regional de seguridad, convivencia y justicia para los municipios que conformen la Región Metropolitana.

 

 Liderar la elaboración y puesta en marcha del Plan Integral de Seguridad, Convivencia y Justicia regional (PISCJ), en coordinación con los PISCO Departamental, Distrital y municipales, de acuerdo con población, capacidades y necesidades en orden de complementariedad al sistema regional.

 

 Diseñar acciones de implementación conjunta y complementaria desde el ámbito regional en materia de control de delitos y comportamientos contrarios a la convivencia, establecidos en la ley 1801 de 2016, y demás normas que la modifiquen o adicionen con las diferentes entidades estatales, vinculando la utilización de medios técnicos y tecnológicos.

 

 Formular un Plan Maestro de Equipamientos regionales de seguridad, convivencia y justicia de la región para optimizar las inversiones en materia de seguridad de cada uno de los entes territoriales que conformen la Región Metropolitana.

 

 Diseñar, implementar y coordinar una estrategia para el fortalecimiento y posicionamiento de la justicia comunitaria, justicia restaurativa, atención a víctimas de delitos y modelos de autocomposición en los entes territoriales que conformen la Región Metropolitana,

 

 Fortalecer las instancias de convivencia, seguridad y acceso a la justicia en la Región Metropolitana con la unificación de protocolos, sistemas de información y registro, rutas de acceso a la justicia, seguridad y convivencia, con entidades como la Policía, Fiscalía, Medicina Legal, ICBF, Migración Colombia, Comisarías de Familia, Inspecciones y corregidurías de Policía, Personerías, Jueces, Consejo Superior de la Judicatura y demás entidades que permitan consolidar estrategias conjuntas para el tratamiento de la convivencia como pacto social.

 

 Coordinar con la nación las inversiones de equipamiento para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana y establecer pie de fuerza policial regional a fin de integrar las estrategias de forma eficaz.

 

En materia de seguridad alimentaria y comercialización:

 

 Diseñar, ejecutar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos de carácter regional de desarrollo agropecuario relacionados con la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y la extensión agropecuaria regional para el favorecimiento de producción con perspectiva de seguridad alimentaria y sostenibilidad ambiental, en armonía con las políticas y planes nacionales, departamentales y municipales en esta materia.

 

 Diseñar, ejecutar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos de carácter regional para el fortalecimiento de las cadenas agropecuarias y forestales, en los temas relacionados con la producción, la asistencia técnica, la comercialización, la asociatividad, las alianzas productivas, la formalización empresarial, laboral y la infraestructura productiva, la trazabilidad, gestión logística el enfoque colaborativo de la cadena productiva, la inserción en los mercados regionales y la generación de valor agregado en los productos agropecuarios, en armonía con las políticas y planes nacionales, departamentales y municipales en esta materia.

 

 Coordinar con las entidades públicas competentes y actores de las cadenas productivas regionales aspectos relacionados con el financiamiento, la gestión de riesgos, desarrollo tecnológico, comercialización y agroindustria y los demás que sean necesarios para el mejoramiento competitivo de las cadenas agropecuarias y forestales.

 

 Contribuir, en el marco de sus competencias, al diseño, planificación e implementación de políticas, planes y programas con enfoque de sistemas alimentarios territoriales que vinculen la oferta regional y la demanda de alimentos, tanto a nivel público como privado, desarrollando mecanismos efectivos de articulación comercial convencionales y no convencionales.

 

  Realizar la gestión técnica y administrativa, y la validación y aprobación para la construcción y adecuación de equipamientos y centrales de abastos para el acopio, almacenamiento, comercialización mayorista y procesamiento de alimentos, así como de las plantas de beneficio animal en los municipios del departamento de Cundinamarca, asociados a la Región Metropolitana, y en el Distrito Capital.

 

 Coordinar con las diversas instancias de participación del sector agropecuario de los niveles nacional, departamental y municipal para la construcción de instrumentos de planeación y gestión en materia de seguridad y abastecimiento alimentario en el territorio de la Región Metropolitana.

 

 Comercializar, comprar y/o vender productos agropecuarios con el fin de mejorar los ingresos de los productores, para el favorecimiento y estabilización de los precios del mercado, así como, la adquisición e intermediación de los insumos agropecuarios que se utilizan en la producción, el desarrollo de actividades de promoción, venta y mercadeo, la participación de eventos de promoción y desarrollo y, todas a aquellas actividades propias del objeto misional, para generar bienestar social y económico en los productores.

 

En materia de servicios públicos domiciliarios y TIC:

 

 Coordinar, promover y/o ejecutar acciones orientadas a lograr una adecuada planeación y gestión del recurso hídrico con enfoque regional.

 

 Coordinar y gestionar con otras autoridades nacionales y/o territoriales la asesoría y asistencia técnica, administrativa y financiera y la adopción de prácticas de buen gobierno o gobierno corporativo en las empresas públicas prestadoras de servicios públicos domiciliarios y TIC en los municipios que integran la Región Metropolitana.

 

3. Promover, diseñar y apoyar la implementación de esquemas asociativos para la prestación de los servicios públicos domiciliarios y TIC con enfoque regional y territorial que garanticen cobertura, calidad, eficiencia y sostenibilidad en los municipios que hacen parte de la Región Metropolitana, para lo cual podrá disponer entre otros instrumentos de financiación, de los aportes bajo condición.

 

4. Hacer seguimiento a la gestión y prestación de los servicios públicos domiciliarios en su jurisdicción, y reportar en lo que corresponda a la autoridad competente para el ejercicio del control y vigilancia.

 

5. Formular una política regional de gestión, manejo y aprovechamiento de residuos sólidos y líquidos y coordinar la implementación de esquemas asociativos y demás acciones bajo el modelo de economía circular, en particular a través del reúso de las aguas residuales y el aprovechamiento de los residuos sólidos.

 

En materia de desarrollo económico:

 

1. Definir, en el Plan Director, una visión de desarrollo económico regional que responda a las vocaciones productivas de los territorios que conforman la Región Metropolitana.

 

2. Impulsar las vocaciones productivas de la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca definidas con la Comisión Regional de Competitividad y demás espacios de concertación regional e instancias público - privadas.

 

3. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción existentes y futuras.

 

4. Diseñar y promover un plan de logística regional que incluya, como mínimo, una red de equipamientos, infraestructura logística, puntos de acceso, información, entre otros.

 

5.  Promover la región como centro de comercio internacional, mediante la coordinación de acciones y actores públicos y privados.

 

6. Facilitar la articulación y coordinación entre las Agencias Públicas de Empleo de Bogotá, Cundinamarca y los municipios asociados como operadores autorizados y especializados para oferentes y demandantes, garantizando un servicio gratuito, permanente, discriminado y sin intermediarios.

 

7. Formular y articular con el Ministerio de Trabajo, las Agencias Públicas de Empleo de Bogotá, Cundinamarca, el SENA y los municipios asociados un plan de orientación ocupacional y competencias laborales, teniendo como base el mercado laboral de la Región Metropolitana.

 

8. Coordinar a los entes territoriales que integran la Región en el desarrollo de programas orientados al cierre de brechas y la inclusión laboral, con énfasis en poblaciones vulnerables, mujeres y jóvenes.

 

9. Diseñar e implementar el Plan de Desarrollo Turístico para la Región Metropolitana e identificar y coordinar la ejecución de infraestructura turística estratégica y proyectos turísticos especiales.

 

10. Diseñar e implementar estrategias y acciones para la promoción conjunta, multidestino y de producto complementario.

 

11. Desarrollar acciones para el mejoramiento y fortalecimiento de las competencias y habilidades de los actores de la cadena de valor del sector turismo, que incluya programas de formalización, formación y capacitación del talento humano, multilingüismo, financiación, fomento e incentivos, apoyo al emprendimiento, calidad turística, servicio al cliente, conectividad, tecnología e innovación y facilitación turística.

 

En materia ambiental:

 

1.  Articular, en asocio con las autoridades ambientales y demás actores públicos y privados responsables, el Plan de Seguridad Hídrica y el Plan de Acción Climática para la Región Metropolitana, y coordinar la ejecución de programas y proyectos para su implementación por parte de los entes territoriales, en desarrollo de la Ley 1844 de 2017.

 

2. Coordinar con el Distrito Capital, el Departamento de Cundinamarca y los municipios asociados a la Región Metropolitana la ejecución de estudios de amenaza, vulnerabilidad y riesgo natural y antrópico e identificar y gestionar los proyectos prioritarios para su implementación.

 

3. Articular la estructuración y ejecución de proyectos ambientales con el Departamento, el Distrito Capital y municipios que integren la Región, cuando así lo determine el Consejo Regional, cumpliendo los lineamientos definidos por las autoridades ambientales.

 

4. Aprobar, en coordinación con la corporación autónoma regional, la inclusión de la Estructura Ecológica Principal Regional en el plan estratégico y de ordenamiento metropolitano.

 

En materia de ordenamiento territorial y hábitat:

 

1. Definir en el Plan Director un modelo regional territorial con políticas y estrategias para la articulación de los instrumentos de ordenamiento territorial, y los programas y proyectos regionales estratégicos para la consolidación de los hechos metropolitanos.

 

2. Formular y coordinar conjuntamente, con los municipios y el Distrito, planes, programas, proyectos o políticas para la financiación y producción de vivienda y entornos adecuados, incluyendo VIS y VIP, con las entidades de su jurisdicción que hacen parte del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, creado por la Ley 3 de 1991 y las normas que la sustituyan o modifiquen.

 

3. Formular conjuntamente, con los municipios y el Distrito, instrurnentos de planeación, gestión y de financiación, y constituir un banco regional de tierras, en coordinación con las autoridades municipales y distrital, que permitan el desarrollo de proyectos de importancia estratégica para la implementación de los hechos metropolitanos.

 

4. Estructurar y desarrollar conjuntamente, con los municipios y el Distrito, programas y proyectos de mejoramiento de asentamientos, reasentamiento, infraestructura y equipamientos sociales y espacios públicos, en desarrollo del Plan Director de la Región Metropolitana.

 

5. Formular y desarrollar conjuntamente, con los municipios y el Distrito, programas de hábitat y vivienda rural productiva y sostenible,

 

PARÁGRAFO. Se ejercerán las competencias previstas en la presente ley de acuerdo con la capacidad técnica, financiera y administrativa para ejercerlas, así mismo las que se deriven de la declaratoria de los hechos metropolitanos.



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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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