Se dictan disposiciones relacionadas con las cooperativas especializadas de vigilancia y seguridad privada y se busca mejorar las condiciones en las que el personal operativo de vigilancia y seguridad privada presta el servicio de vigilancia y seguridad privada. Ley del Vigilante (Se dictan disposiciones relacionadas con las cooperativas especializadas de vigilancia y seguridad p) Colombia
Se dictan disposiciones relacionadas con las cooperativas especializadas de vigilancia y seguridad privada
- Artículo 1. OBJETO
- Artículo 2. DEFINICIONES
- Artículo 3. NORMAS COMPLEMENTARIAS E INSPECCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
- Artículo 4. REQUISITOS PARA LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE COOPERATIVAS ESPECIALIZADAS DE SEGURIDAD
- Artículo 5. SEGURO DE VIDA
- Artículo 6. INCENTIVOS PARA LA VINCULACIÓN DE MUJERES, PERSONAS MAYORES O EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD
- Artículo 7. JORNADA SUPLEMENTARIA APLICABLE AL SECTOR DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
- Artículo 8. Modifíquese el artículo 1o de la Ley 1539 del 26 de junio de...
- Artículo 9. El personal operativo de vigilancia y seguridad privada que porten armas...
- Artículo 10. DÍA NACIONAL DE LA VIGILANCIA Y LA SEGURIDAD PRIVADA
- Artículo 11. PROFESIONALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD
- Artículo 12. VIGENCIA
Otras regulaciones
La nación y el Congreso de la República rinden público homenaje al municipio de salento en el Departamento del Quindío Convenio de Minamata sobre el Mercurio Normas sobre la Policía Nacional Tratado General de Cooperación entre la República de Colombia y la República Italiana Convención de Viena sobre el derecho de los tratados internacionales o entre organizaciones internacionalesMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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