Se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apr Artículo 3o Colombia
Se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1998
Artículo 3o.
Efectúense los siguientes contracréditos en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1998, en la suma de quinientos ocho mil trescientos noventa y cuatro millones ochocientos ochenta y cuatro mil ciento setenta y tres pesos moneda legal ($508.394.884.173) según el siguiente detalle: CONTRACREDITOS AL PRESUPUESTO GENERAL
DE LA NACION 1998
SECCION 0201
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
610 CREDITOS 6,500,000,000 6,500,000,000
1100 INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO 6,500,000,000 6,500,000,000
INVERSION 6,500,000,000 6,500,000,000
TOTAL SECCION 6,500,000,000 6,500,000,000
SECCION 0301
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE PLANEACION
410 INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y 400,000,000 400,000,000
ESTUDIOS
100 INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD 400,000,000 400,000,000
INVERSION 400,000,000 400,000,000
TOTAL SECCION 400,000,000 400,000,000
SECCION 1401
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA NACIONAL
SERVICIO DE LA DEUDA 475,916,238,053 475,916,238,053
TOTAL SECCION 475,916,238,053 475,916,238,053
SECCION 1501
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
FUNCIONAMIENTO 12,000,000,000 12,000,000,000
TOTAL SECCION 12,000,000,000 12,000,000,000
SECCION 1804
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA)
FUNCIONAMIENTO 19,257,120 19,257,120
TOTAL SECCION 19,257,120 19,257,120
SECCION 2241
INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL
FUNCIONAMIENTO 1,067,989,000 1,067,989,000
TOTAL SECCION 1,067,989,000 1,067,989,000
SECCION 2306
FONDO DE COMUNICACIONES
211 ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, 4,271,400,000 4,271,400,000
MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS
PROPIOS DEL SECTOR
402 TELEFONIA 4,271,400,000 4,271,400,000
INVERSION 4,271,400,000 4,271,400,000
TOTAL SECCION 4,271,400,000 4,271,400,000
SECCION 2411
FONDO PASIVO SOCIAL DE LA EMPRESA PUERTOS DE COLOMBIA
EN LIQUIDACION
FUNCIONAMIENTO 2,720,000,000 5,500,000,000 8,220,000,000
TOTAL SECCION 2,720,000,000 5,500,000,000 8,220,000,000
TOTAL CONTRACREDITOS 498,604,227,053 9,790,657,120 508,394,884,173
Colombia Art. 3o Se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1998
Mejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?
Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez
Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?
Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios