Se exceptúa al Ministerio del Trabajo, al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), al Congreso de la República - Cámara de Representantes y Senado de la República, a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) y al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), de lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000 Colombia
Se exceptúa al Ministerio del Trabajo, Inpec, UAEAC, DPS de lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000
- Artículo 1o. Excepción de aplicación al ministerio del trabajo
- Artículo 2o. Excepción de aplicación al instituto nacional penitenciario y carcelario (inpec)
- Artículo 3o. Excepción de aplicación al congreso de la república cámara de representantes y senado de la república
- Artículo 4o. Excepción de aplicación a la unidad administrativa especial de aeronáutica civil (uaeac)
- Artículo 5o. Excepción de aplicación al departamento administrativo para la prosperidad social (dps)
- Artículo 6o. El Gobierno nacional hará las supresiones de gastos recurrentes que...
- Artículo 7o. Vigencia y derogatoria
Otras regulaciones
Normas para el ejercicio de la profesión de terapia ocupacional Convenio Internacional de Maderas Tropicales, 2006 La Nación se asocia a la celebración de los 139 años de vida administrativa del municipio de Baranoa Se desarrolla el Derecho de Libertad Religiosa y de Cultos Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones ForzadasMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios