Se expiden normas sobre las Comisiones del Congreso de Colombia y se dictan otras disposiciones (Se expiden normas sobre las Comisiones del Congreso de Colombia y se dictan otras disposiciones) Colombia
Se expiden normas sobre las Comisiones del Congreso de Colombia y se dictan otras disposiciones
- Artículo 1o. En cada una de las Cámaras durante el período constitucional...
- Artículo 2o. Tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes...
- Artículo 3o. Los proyectos de ley que contengan petición de facultades...
- Artículo 4o. Para los efectos previstos en los artículos 342 y 346 de la...
- Artículo 5o. Si el artículo transitorio 12 de la Constitución Nacional...
- Artículo 6o. Las Comisiones Permanentes se elegirán por el sistema de cuociente...
- Artículo 7o. El mismo día o al siguiente de elegidas las Comisiones...
- Artículo 8o. Las Comisiones Constitucionales Permanentes sesionarán por lo menos...
- Artículo 9o. En los casos en que las Comisiones Permanentes puedan sesionar conjuntamente...
- Artículo 10. En cada Comisión Constitucional Permanente habrá una Mesa...
- Artículo 11. En cada Comisión Constitucional Permanente habrá un Secretario,...
- Artículo 12. El Reglamento Interno del Senado y de la Cámara de Representantes,...
- Artículo 13. Una vez expedida la presente Ley, las Cámaras procederán a...
- Artículo 14. La presente Ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las...
Otras regulaciones
Se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino Acuerdo de Cooperación Policial entre la República de Colombia y la República de Venezuela Se autoriza un endeudamiento público interno y se crea el Fondo de Inversión para la Paz La emisión de la estampilla Prodesarrollo de la Universidad de Nariño Se reforma el Sistema General de Seguridad Social en SaludMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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