Se modifica la creación, funcionamiento y operación de las Unidades Municipales de Asistencia Técnic Artículo 21 Colombia
Se modifica la creación, funcionamiento y operación de las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria
Artículo 21. Vigencia, modificaciones y derogatoria
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial, el Decreto 2379 de 1991; a excepción del artículo 34 el Capítulo IV, sección primera, artículos 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Decreto 077 de 1987; el inciso 2 del artículo 5o., los artículos 6o., 7o. del Decreto 1946 de 1989; el Título IX, artículos 123, 125, del Decreto 2256 de 1991; los artículos 57, 58, 59 y 60, 62, 63 de la Ley 101 de 1993, los artículos 1o., 2o. parágrafo artículo 4o. del Decreto 1929 de 1994. MIGUEL PINEDO VIDAL
El Presidente del honorable Senado de la República
MANUEL ENRIQUEZ ROSERO
El Secretario General del honorable Senado de la República
NANCY PATRICIA GUTIERREZ CASTAÑEDA
La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes
GUSTAVO BUSTAMANTE MORATTO
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLIQUESE Y EJECUTESE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2000
ANDRES PASTRANA ARANGO
RODRIGO VILLALBA MOSQUERA
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
Colombia Art. 21 Se modifica la creación, funcionamiento y operación de las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria, UMATA, y se reglamenta la asistencia técnica directa rural en consonancia con el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología
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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?
Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.
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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez
Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?
Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?
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Se exalta la memoria de un eminente colombiano Artículo 2o. Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional Artículo 40. Responsabilidades respectivas del transportista contractual y del transportista de hecho Convenio entre la República de Colombia y la República del Perú sobre asistencia judicial en materia penal Artículo 20. GastosPublique la información de sí mismo
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