Se reglamenta la profesión de enfermería en Colombia y se dictan otras disposiciones (Se reglamenta la profesión de enfermería) Colombia
Se reglamenta la profesión de enfermería
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Principios de la práctica profesional
- Artículo 3o. Definición y prop
- Artículo 4o. Ámbito del ejercicio profesional
- Artículo 5o. El consejo técnico nacional de enfermería
- Artículo 6o. Funciones
- Artículo 7o. Integración
- Artículo 8o. De los consejos técnicos departamentales de enfermería
- Artículo 9o. Integración de los consejos técnicos departamentales de enfermería
- Artículo 10. Del tribunal nacional ético de enfermería
- Artículo 11. Funciones
- Artículo 12. Integración
- Artículo 13. Inscripción y registro del profesional de enfermería en colombia
- Artículo 14. Requisitos para el registro
- Artículo 15. Del registro como profesional de enfermería postgraduado
- Artículo 16. Acreditación de los programas de formación de los profesionales de enfermería
- Artículo 17. Las competencias del profesional de enfermería en colombia
- Artículo 18. La Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia, ANEC,...
- Artículo 19. De la calidad de atención de enfermería
- Artículo 20. Los deberes del profesional de enfermería
- Artículo 21. Los derechos del profesional de enfermería
- Artículo 22. Del ejercicio ilegal
- Artículo 23. Vigencia
Otras regulaciones
Se dictan las normas a las que deberá sujetarse el Banco Acuerdo sobre asistencia a la niñez entre la República de Colombia y la República de Chile Se promueve la cultura en seguridad social en Colombia, se establece la semana de la seguridad social Convenio Internacional del Café 2001 Disposiciones relativas al único bien inmueble urbano o rural perteneciente a la mujer cabeza de familiaMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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