Se regula la realización de los Censos de Población y Vivienda en todo el territorio nacional (Se regula la realización de los Censos de Población y Vivienda en todo el territorio nacional) Colombia
Se regula la realización de los Censos de Población y Vivienda en todo el territorio nacional
- Artículo 1o. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE,...
- Artículo 2o. Para efectos de la realización de los Censos Nacionales de...
- Artículo 3o. El Gobierno señalará mediante reglamentación las...
- Artículo 4o. Los servidores públicos, los maestros y los estudiantes de...
- Artículo 5o. Las personas naturales o jurídicas, de cualquier orden o naturaleza,...
- Artículo 6o. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE,...
- Artículo 7o. Dentro de los tres, (3) meses siguientes al procesamiento y evaluación...
- Artículo 8o. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las...
Otras regulaciones
Se autorizan apropiaciones presupuestales para la ejecución de obras en el municipio de Calima El Darién La Nación se asocia a la conmemoración de los 75 años de la Escuela Naval de Suboficiales ARC Barranquilla Se dictan disposiciones sobre la cédula de ciudadanía y se ordena la inclusión del tipo sanguíneo en ella Se establece el seguro ecológico Régimen para los Distritos EspecialesMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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