Se dictan normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios generales a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular un sistema especializado para su financiación, se crean instrumentos de ahorro destinado a dicha financiación, se dictan medidas relacionadas con los impuestos y otros costos vinculados a la construcción y negociación de vivienda y se expiden otras disposiciones (Normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios generales) Colombia
Normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios generales
- Artículo 1o. Ambito de aplicacion de la ley
- Artículo 2o. Objetivos y criterios de la presente ley
- Artículo 3o. Unidad de valor real (uvr)
- Artículo 4o. Participantes
- Artículo 5o. Conversión de las corporaciones de ahorro y vivienda
- Artículo 6o. Consejo superior de vivienda
- Artículo 7o. Reuniones y funciones del consejo superior de vivienda
- Artículo 8o. Recursos para la financiacion de vivienda
- Artículo 9o. Bonos hipotecarios
- Artículo 10. Evento de liquidación de un establecimiento de crédito que tenga bonos hipotecarios en circulación
- Artículo 11. Creadores de mercado
- Artículo 12. Titularización de cartera hipotecaria y de los contratos de leasing habitacional
- Artículo 13. Derechos de los tenedores de títulos hipotecarios
- Artículo 14. Sociedades titularizadoras
- Artículo 15. Autorizacion al gobierno
- Artículo 16. Beneficio tributario para los rendimientos de títulos de ahorro a largo plazo para la financiación de vivienda
- Artículo 17. Condiciones de los créditos de vivienda individual
- Artículo 18. Desembolsos
- Artículo 19. Intereses de mora
- Artículo 20. Homogeneidad contractual
- Artículo 21. Deber de informacion
- Artículo 22. Patrimonio de familia
- Artículo 23. Derechos notariales y gastos de registro
- Artículo 24. Cesion de creditos
- Artículo 25. Credito para la construccion de vivienda
- Artículo 26. Los planes de ordenamiento territorial deberán contemplar zonas...
- Artículo 27. Criterios para la distribución regional de los recursos del subsidio para vivienda de interés social
- Artículo 28. Obligación de los establecimientos de crédito de destinar recursos a la financiación de vivienda de interés social
- Artículo 29. Destinación de subsidios para vivienda de interés social
- Artículo 30. Garantías para bonos hipotecarios para financiar cartera vis subsidiable y para títulos emitidos en procesos de titularización de cartera vis subsidiable
- Artículo 31. Derechos notariales y gastos de registro
- Artículo 32. Recursos de finagro para vivienda de interés social rural
- Artículo 33. Beneficiarios del subsidio
- Artículo 34. Aplicación a los créditos para financiación de vivienda de interés social
- Artículo 35. Pacto arbitral
- Artículo 36. Procedimiento arbitral
- Artículo 37. Costas y gastos
- Artículo 38. Denominacion de obligaciones en uvr
- Artículo 39. Adecuación de los documentos contentivos de las condiciones de los créditos
- Artículo 40. Inversion social para vivienda
- Artículo 41. Abonos a los creditos que se encuentren al dia
- Artículo 42. Abono a los creditos que se encuentren en mora
- Artículo 43. Excepcion de pago
- Artículo 44. Inversión en títulos de reducción de deuda (trd)
- Artículo 45. Sujetos obligados a invertir en trd
- Artículo 46. Opcion de readquisicion de vivienda
- Artículo 47. Autorizacion
- Artículo 48. Fondo de reserva para la estabilización de la cartera hipotecaria
- Artículo 49. Coberturas de riesgo
- Artículo 50. Avaluos y avaluadores
- Artículo 51. Régimen especial de negociación en bolsa
- Artículo 52. Registro en centrales de riesgo
- Artículo 53. Fomento a la competencia
- Artículo 54. Comision de seguimiento
- Artículo 55. Protección especial para los adquirientes de vivienda individual
- Artículo 56. Incentivos a la financiación de vivienda de interés social subsidiable
- Artículo 57. Se extiende hasta el 31 de enero del año 2000 lo dispuesto en el...
- Artículo 58. Vigencia
Otras regulaciones
Se establecen incentivos para los deportistas y se reforman algunas disposiciones de la normatividad deportiva Se establecen lineamientos para la implementación de las escuelas para padres y madres de familia y cuidadores Se declara Monumento Nacional El Templo de San Roque Se crea la Historia Clínica Electrónica interoperable La Nación se vincula en la conmemoración de los 25 años de la fundación de Aspros en el municipio d e Sabanalarga-AtlánticoMejores juristas
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Buenas tardes, si un menor se 14 años tiene relaciones con su novia de 13 años desde hace varios meces, con la ayuda de los padres de la niña. Le permiten a mi hijo que se encierre con la niña en su casa y los padres de la niña lo niegan cuando preguntamos por él y se enojan si vamos a buscarlo. ¿Que podemos hacer a nivel legal para darle fin a esta citación?. Muchas gracias
El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y en este caso al tratarse del hecho de conducir sin SOAT, puedes solicitar en la audiencia contravencional que te exoneren del pago de la fotomulta porque ya pagaste una multa en relación al mismo hecho y basado en este artículo no te pueden juzgar de nuevo en relación al mismo hecho.
Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
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