Decreto Se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos Artículo 31 Colombia
Decreto Normas sobre armas, municiones y explosivos
Artículo 31. Comite de armas del ministerio de defensa nacional
El Comité de Armas estará integrado por: a) Dos Delegados del Ministro de Defensa Nacional;
b) El Defensor del Pueblo o su delegado;
c) El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada o su delegado;
d) El Jefe del Departamento D-2 EMC del Comando General de las Fuerzas
Militares;
e) El Subdirector de Policía Judicial e Investigación;
f) El Jefe del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y
Explosivos.
El Comité de armas estudiará y decidirá sobre las peticiones que formulen los particulares en relación con armas, municiones, explosivos y sus accesorios en los casos establecidos en el presente Decreto.
El Comité será presidido por el delegado del Ministro de Defensa que éste señale.
COMPETENCIA, REQUISITOS, PERDIDA Y SUSPENSION DE LA VIGENCIA DE PERMISOS
Colombia Art. 31 Decreto Se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos
Mejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios