Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito público externo e interno y operaciones asimiladas a las anteriores y se dictan otras disposiciones (Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito p) Colombia
Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito público 2002
- Artículo 1o. Amplíase en dieciséis mil quinientos millones de dólares...
- Artículo 2o. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección...
- Artículo 3o. Las operaciones de crédito público o sus asimiladas que celebre...
- Artículo 4o. Las autorizaciones de endeudamiento conferidas por la ley a la Nación...
- Artículo 5o. Las modificaciones de los actos y contratos relativos a las operaciones de...
- Artículo 6o. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142...
- Artículo 7o. La gestión y celebración de los actos y contratos de que trata...
- Artículo 8o. Las entidades estatales, incluyendo las entidades financieras estatales,...
- Artículo 9o. El Gobierno Nacional orientará la política de endeudamiento...
- Artículo 10. Serán responsables fiscal y disciplinariamente los representantes...
- Artículo 11. El Departamento Nacional de Planeación se abstendrá de dar...
- Artículo 12. La Comisión Interparlamentaria de Crédito Público se...
- Artículo 13. La utilización de los recursos del Fondo de Ahorro y...
- Artículo 14. Las deudas a favor de la Nación pagadas y que se paguen por las...
- Artículo 15. Con el fin de implementar los programas de fortalecimiento institucional de...
- Artículo 16. Esta ley deroga los artículos 13 de la Ley 185 de 1995 y 1o. de la Ley...
Otras regulaciones
Se exalta la vida y obra del escritor Gonzalo Arango La Nación se asocia a la celebración de los 50 años de la fundación del departamento de Sucre y rinde homenaje a los sucreños La Nación se asocia a la celebración de los 350 años de la fundación del municipio de San Pedro de los Milagros Se regula la realización de los Censos de Población y Vivienda en todo el territorio nacional Crea el ministerio de ciencia, tecnología e innovación, se fortalece el sistema nacional de ciencia, tecnología e innovaciónMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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