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Se crea el Servicio Social PDET Artículo 8 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Se crea el Servicio Social PDET
Artículo 8. Alternativas de financiación

Las alternativas de financiación para los estudiantes que realicen el Servicio Social PDET, con el fin de garantizar la vivienda, la alimentación, el transporte y posibles gastos adicionales de matrícula durante la prestación del servicio pueden incluir, entre otras:

 

a. La reducción de los costos de matrícula, podrá hacerse por parte de las instituciones de educación superior, durante el periodo de prestación del Servicio Social, sin que esto configure un detrimento de la autonomía universitaria.

 

b. Los costos, en su totalidad o parcialmente, podrán ser asumidos por los estudiantes que estén en la capacidad económica de hacerlo.

 

c. Las entidades públicas, privadas y sin ánimo de lucro podrán asumir la totalidad o parte de los costos.

 

d. El Gobierno Nacional podrá crear un fondo que apoye el sostenimiento de los estudiantes que presten el Servicio Social PDET el cual puede ser alimentado por recursos propios de las entidades, respetando su autonomía territorial, y por recursos de cooperación internacional.

 

e. La posibilidad de que empresas privadas que operan en municipios PDET presenten el pago de sostenimiento de voluntarios del Servicio Social PDET al que se refiere la presente ley como parte de un proyecto de inversión de Obras por Impuestos, o que el pago del sostenimiento de voluntarios del Servicio Socia PDET en sí mismo pueda ser presentado como un proyecto de inversión de Obras por Impuestos.

 

Parágrafo. En todo caso, las lES o las entidades públicas, privadas o sin ánimo de lucro donde los estudiantes presten sus servicios deberán afiliar a los estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales.



Colombia Art. 8 Se crea el Servicio Social PDET
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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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