Se crea el Servicio Social PDET (Se crea el Servicio Social PDET) Colombia
Se crea el Servicio Social PDET
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Objetivos
- Artículo 3. Proyectos
- Artículo 4. Estudiantes objeto del Servicio Social PDET
- Artículo 5. Inclusión del Servicio Social PDET como opción de grado
- Artículo 6. Selección de estudiantes
- Artículo 7. Selección de estudiantes
- Artículo 8. Alternativas de financiación
- Artículo 9. Homologación de experiencia laboral
- Artículo 10. Créditos educativos
- Artículo 11. Criterio de desempate en concursos de entidades públicas
- Artículo 12. Reglamentación del Servicio Social PDET
- Artículo 13. Seguimiento al Programa
- Artículo 14. Red del Servicio Social PDET
- Artículo 15. Campaña de difusión masiva
- Artículo 16. Acompañamiento profesional por parte de las instituciones de educación superior
- Artículo 17. Vigencia
Otras regulaciones
Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito público 2002 La nación se asocia a la conmemoración de los 21 años de fundación del municipio de abejorral, antioquia, rinde homenaje a su población Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Argentina Se decreta una adición al presupuesto de rentas y recursos de capital 1999 Acuerdo de cooperación para la prevención, control y represión del lavado de activos derivado de cualquier actividad ilícita entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del ParaguayMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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