Se honra la Memoria del Exdesignado a la Presidencia de la República doctor Alvaro Gómez Hurtado (Se honra la Memoria del Exdesignado a la Presidencia de la República doctor Alvaro Gómez Hurtado) Colombia
Se honra la Memoria del Exdesignado a la Presidencia de la República doctor Alvaro Gómez Hurtado
- Artículo 1o. La República honra la memoria del exdesignado a la Presidencia doctor...
- Artículo 2o. La República de Colombia presenta la vida y la obra del doctor Alvaro...
- Artículo 3o. Un óleo suyo será colocado en el Senado de la República...
- Artículo 4o. El Senado de la República publicará en edición de lujo...
- Artículo 5o. El Gobierno Nacional adelantará un programa que contemple los estudios...
- Artículo 6o. El Gobierno Nacional construirá en la ciudad de Santa Fe de...
- Artículo 7o. Declárese el día 2 de noviembre de cada año como...
- Artículo 8o. Los establecimientos educativos públicos y privados en...
- Artículo 9o. Autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto...
- Artículo 10. La presente Ley rige a partir de su promulgación. El Presidente...
Otras regulaciones
Se transforma la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Cancerología Empresa Social del Estado Se expide el Régimen Disciplinario para la Policía Nacional Se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua Tratado General de Cooperación entre la República de Colombia y la República Italiana La Nación se vincula a la conmemoración de los ochenta años de la fundación del Municipio de La TebaidaMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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