Se modifica la Ley 48 de 1986, que autoriza la emisión de una estampilla pro-dotación y funcionamiento de los Centros de Bienestar del Anciano (Se modifica la Ley 48 de 1986, que autoriza la emisión de una estampilla pro-dotación y funcionamien) Colombia
Se modifica la Ley 48 de 1986, que autoriza la emisión de una estampilla pro-dotación y funcionamiento de los Centros de Bienestar del Anciano
- Artículo 1o. Autorízase a las asambleas departamentales y a los concejos...
- Artículo 2o. El valor anual a recaudar, por la emisión de la estampilla a la cual...
- Artículo 3o. Autorízanse a las Asambleas Departamentales, a los Concejos...
- Artículo 4o. El recaudo de la estampilla será aplicado, en su totalidad, a la...
- Artículo 5o. Responsabilidad
- Artículo 6o. Servicios mínimos que ofrecerá el centro vida
- Artículo 7o. Las entidades territoriales autorizadas por las asambleas departamentales,...
- Artículo 8o. El control fiscal previsto en la Constitución y la ley será...
- Artículo 9o. Esta ley rige desde su promulgación y deroga todas las disposiciones...
Otras regulaciones
Se declara Patrimonio Nacional Inmaterial el Festival de Tambora Tradicional en el municipio de Gamarra Se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020 Las normas relativas a la adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la nacionalidad Se exalta los valores, símbolos patrios, manifestaciones autóctonas culturales de Colombia Se rinde homenaje a un ciudadano meritorio asignándole su nombre a una obra de interés públicoMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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