Se aprueba el Acta Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica Abinia, suscrita en Lima, a los doce días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve (Acta Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas ) Colombia
Acta Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica Abinia
- Artículo I. Se constituye la Asociación de Estados Iberoamericanos para el...
- Artículo II. La sede de la Asociación estará en el país que...
- Artículo III. La Asociación tendrá los siguientes objetivos: a)...
- Artículo IV. Podrán ser miembros de la Asociación los Estados...
- Artículo V. Son órganos de la Asociación: a) La Asamblea General...
- Artículo VI. 1. La Asamblea General es el órgano máximo de la...
- Artículo VII. La Presidencia, la organización y coordinación de la...
- Artículo VIII. La Asamblea General podrá establecer Comités Permanentes o...
- Artículo IX. 1. La Asamblea General designará al Consejo de Directores que...
- Artículo X. Son funciones del Consejo de Directores: a) Cumplir y hacer cumplir...
- Artículo XI. El Consejo de Directores previa convocatoria de su Presidente, se...
- Artículo XII. 1. El Presidente del Consejo de Directores tendrá las siguientes...
- Artículo XIII. El Vicepresidente tendrá las siguientes atribuciones: a) En los...
- Artículo XIV. La Secretaría Ejecutiva es el órgano de gestión de...
- Artículo XV. El Secretario Ejecutivo de la Asociación será designado por...
- Artículo XVI. El Secretario Ejecutivo tendrá las siguientes funciones: a)...
- Artículo XVII. El patrimonio de la Asociación estará constituido por:...
- Artículo XVIII. El español y el portugués serán las lenguas...
- Artículo XIX. El Estado depositario de la presente Acta será el país sede...
- Artículo XX. La presente Acta estará sujeta a ratificación y...
- Artículo XXI. La presente Acta quedará abierta a la adhesión de cualquier...
- Artículo XXII. La presente Acta tendrá una duración indefinida. Todo...
- Artículo XXIII. Todo Estado Miembro podrá proponer a la Asamblea General enmiendas a la...
Otras regulaciones
Se autoriza la emisión de la estampilla pro Desarrollo de la Universidad de la Amazonia Se autoriza la emisión de la Estampilla Armero 10 años Se dictan normas sobre democratización y fomento del libro colombiano Se garantiza el derecho de las personas a desarrollarse física e intelectualmente en un ambiente libre de plomo Se exalta la memoria y la obra del Libertador Simón BolívarMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Buenas tardes, si un menor se 14 años tiene relaciones con su novia de 13 años desde hace varios meces, con la ayuda de los padres de la niña. Le permiten a mi hijo que se encierre con la niña en su casa y los padres de la niña lo niegan cuando preguntamos por él y se enojan si vamos a buscarlo. ¿Que podemos hacer a nivel legal para darle fin a esta citación?. Muchas gracias
El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y en este caso al tratarse del hecho de conducir sin SOAT, puedes solicitar en la audiencia contravencional que te exoneren del pago de la fotomulta porque ya pagaste una multa en relación al mismo hecho y basado en este artículo no te pueden juzgar de nuevo en relación al mismo hecho.
Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios