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Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros Artículo 285 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra
Artículo 285. Informe del grupo de expertos84



1. El Grupo de Expertos deberá, dentro de los 60 días siguientes a la selección del último experto, presentar a las Partes en el procedimiento un informe inicial que contenga sus conclusiones preliminares sobre el asunto. Las Partes en el procedimiento podrán presentar comentarios escritos al Grupo de Expertos sobre el informe inicial dentro de los 15 días siguientes a su presentación. Después de examinar los comentarios escritos, el Grupo de Expertos puede reconsiderar el informe inicial. El informe final del Grupo de Expertos se pronunciará sobre los argumentos presentados en los comentarios escritos de las Partes en el procedimiento.

2. El Grupo de Expertos presentará el informe final, incluyendo sus recomendaciones, a las Partes en el procedimiento a más tardar a los 45 días siguientes a la presentación del informe inicial de conformidad con el párrafo 1. Las Partes en el procedimiento deberán hacer pública una versión no confidencial del informe dentro de los 15 días siguientes a su presentación.

3. Las Partes en el procedimiento podrán acordar extender los plazos establecidos en los párrafos 1 y 2.

4. La Parte correspondiente en el procedimiento informará al Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible sus intenciones respecto a las recomendaciones del Grupo de Expertos, incluyendo la presentación de un plan de acción para ejecutar las recomendaciones. El Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible deberá hacer un seguimiento de la aplicación de las medidas que dicha Parte haya determinado.

5. Este Título no está sujeto al Título XII (Solución de controversias).



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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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