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Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros Artículo 92 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra
Artículo 92. Procedimientos de importación



1. Para la importación de productos de origen animal, la Parte exportadora deberá informar a la Parte importadora de la lista de sus establecimientos que cumplen con los requisitos de la Parte importadora.

2. A solicitud de una Parte exportadora, acompañada de las garantías adecuadas, la Parte importadora aprobará los establecimientos referidos en el párrafo 3 del Apéndice 2 del Anexo VI (Medidas sanitarias y fitosanitarias) que estén situados en el territorio de la Parte exportadora sin realizar una inspección previa de los establecimientos individuales. Dicha aprobación se efectuará de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en el Apéndice 2 del Anexo VI (Medidas sanitarias y fitosanitarias) y se limita a aquellas categorías de productos para las cuales las importaciones están autorizadas.

3. Excepto cuando se requiera información adicional, la Parte importadora adoptará, de conformidad con sus procedimientos legales aplicables, las medidas legislativas o administrativas necesarias para permitir la importación de productos de los establecimientos referidos en el párrafo 2, en un plazo de 40 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud referida en el párrafo 2.

4. El Subcomité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (en adelante el “Subcomité MSF”) podrá modificar los requisitos y condiciones para la aprobación de establecimientos para productos de origen animal de las Partes. La correspondiente modificación del Apéndice 2 del Anexo VI (Medidas sanitarias y fitosanitarias), será adoptada por el Comité de Comercio.

5. La Parte importadora remitirá periódicamente los registros de rechazos de envíos, incluyendo información sobre las no conformidades en las que se basó el rechazo.



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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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