Se aprueba el Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D.C., el 2 de mayo de 1995 (Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa) Colombia
Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa
- Artículo 1o. Las Partes Contratantes, dentro del marco de las leyes vigentes en los dos...
- Artículo 2o. Para el intercambio comercial, las personas naturales y jurídicas de...
- Artículo 3o. Las Partes Contratantes concederán la autorización para...
- Artículo 4o. Con el fin de incentivar las relaciones comerciales entre los dos...
- Artículo 5o. Las Partes Contratantes facilitarán el tránsito de...
- Artículo 6o. Cada Parte Contratante aplicará la cláusula de la Nación...
- Artículo 7o. Los pagos relativos a los intercambios de mercancías y servicios...
- Artículo 8o. Las Partes Contratantes establecen una Comisión Mixta con el fin de...
- Artículo 9o. Cada Parte Contratante podrá, por aviso escrito y transmitido por...
- Artículo 10. Las controversias derivadas de los contratos concluidos dentro del marco del...
- Artículo 11. El presente Acuerdo tendrá una duración de tres (3)...
- Artículo 12. Las disposiciones del presente Acuerdo se aplicarán también a...
- Artículo 13. El presente Acuerdo deberá ser aprobado de conformidad con la...
Otras regulaciones
Acuerdo entre la República de Colombia y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre Privilegios e Inmunidades de la OPAQ Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones Normas sobre la Policía Nacional La Nación se vincula a la celebración del Bicentenario del Primer Congreso General de la República de Colombia celebrado en la Villa del Rosario en 1821 Se garantiza la vacunación gratuita y obligatoria a la población colombiana objeto de la mismaMejores juristas
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Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y en este caso al tratarse del hecho de conducir sin SOAT, puedes solicitar en la audiencia contravencional que te exoneren del pago de la fotomulta porque ya pagaste una multa en relación al mismo hecho y basado en este artículo no te pueden juzgar de nuevo en relación al mismo hecho.
Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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