Se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización (El servicio de Reclutamiento y Movilización) Colombia
El servicio de Reclutamiento y Movilización
- Artículo 1o. Fuerza pública
- Artículo 2o. Funciones de las fuerzas militares
- Artículo 3o. Servicio militar obligatorio
- Artículo 4o. Finalidad
- Artículo 5o. Organización
- Artículo 6o. Tablas de organización y equipo
- Artículo 7o. División territorial militar
- Artículo 8o. Autoridades del servicio de reclutamiento y movilización
- Artículo 9o. Funciones del servicio de reclutamiento y movilización
- Artículo 10. Obligación de definir la situación militar
- Artículo 11. Duración servicio militar obligatorio
- Artículo 12. Reemplazos de personal
- Artículo 13. Modalidades prestación servicio militar obligatorio
- Artículo 14. Inscripción
- Artículo 15. Examenes de aptitud sicofisica
- Artículo 16. Primer examen
- Artículo 17. Segundo examen
- Artículo 18. Tercer examen
- Artículo 19. Sorteo
- Artículo 20. Concentración e incorporación
- Artículo 21. Clasificación
- Artículo 22. Cuota de compensación militar
- Artículo 23. Colombianos residentes en el exterior
- Artículo 24. Colombianos por adopción
- Artículo 25. Colombianos con doble nacionalidad
- Artículo 26. Extranjeros domiciliados en colombia
- Artículo 27. Exenciones en todo tiempo. artículo condicionalmente exequible
- Artículo 28. Exención en tiempo de paz
- Artículo 29. Aplazamientos
- Artículo 30. Tarjeta de reservista
- Artículo 31. Tarjeta provisional militar
- Artículo 32. Reglamentación
- Artículo 33. Costo
- Artículo 34. Documento publico
- Artículo 35. Cedulas militares
- Artículo 36. Cumplimiento de la obligacion de la definicion de situacion militar
- Artículo 37. Prohibición vinculación laboral
- Artículo 38. Al momento de ser incorporado
- Artículo 39. Durante la prestación del servicio militar
- Artículo 40. Al termino de la prestación del servicio militar
- Artículo 41. Infractores
- Artículo 42. Sanciones
- Artículo 43. Junta para remisos
- Artículo 44. Competencia de los comandantes de distrito
- Artículo 45. Competencia de los comandantes de zona
- Artículo 46. Competencia de los directores de reclutamiento y control reservas
- Artículo 47. Aplicación sanciones
- Artículo 48. Merito ejecutivo
- Artículo 49. Definición
- Artículo 50. Reservistas de primera clase
- Artículo 51. Reservistas de segunda clase
- Artículo 52. Reservistas de honor
- Artículo 53. Clasificación de reservistas segun edad
- Artículo 54. Definición
- Artículo 55. Llamamiento especial de las reservas
- Artículo 56. Obligatoriedad de la presentación
- Artículo 57. La Registraduría Nacional y el DANE facilitarán a la...
- Artículo 58. Obligación empresas
- Artículo 59. Asignación y prestaciones sociales
- Artículo 60. Derechos reservista movilizado
- Artículo 61. Empleo personal no movilizado
- Artículo 62. Colegios militares
- Artículo 63. Fomento colonización
- Artículo 64. La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga...
Otras regulaciones
Se adoptan medidas en relación con el manejo de las obligaciones contingentes de las entidades estatales Se dictan disposiciones para la gestión integral de los páramos El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares Se establecen incentivos tributarios para la formación y educación de la Fuerza Pública. Becas para la Fuerza PúblicaMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?
Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez
Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?
Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios