La estampilla de la Universidad de Sucre, Tercer Milenio y se dictan otras disposiciones (La estampilla de la Universidad de Sucre, Tercer Milenio) Colombia
La estampilla de la Universidad de Sucre, Tercer Milenio
- Artículo 1o. Autorízase a la Asamblea Departamental de Sucre para que ordene la...
- Artículo 2o. La emisión de la estampilla que se autoriza será hasta por la...
- Artículo 3o. Autorízase a la Asamblea Departamental de Sucre para que determine las...
- Artículo 4o. La tarifa contemplada en esta ley no podrá exceder el dos por ciento...
- Artículo 5o. La fiscalización de los recursos provenientes de la presente ley corre...
- Artículo 6o. Dentro de los hechos y actividades económicas sobre los cuales se...
- Artículo 7o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación. El...
Otras regulaciones
Desarrollan los artículos 356 y 357 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones Se dictan disposiciones de justicia transicional que garanticen verdad Se dictan medidas tendientes a erradicar algunos delitos contra la libertad personal, especialmente el secuestro y la extorsión Se reglamenta el voto programático y se dictan otras disposiciones Se declara como patrimonio cultural y deportivo de la nación al Estadio Eduardo Santos Semillero del Fútbol Colombiano ubicado en el Distrito TurísticoMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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