La nación se asocia a la conmemoración de los cien (100) años de fundación del municipio de Leguízamo en el departamento del Putumayo, rinde público homenaje a sus habitantes y se dictan otras disposiciones (La nación se asocia a la conmemoración de los cien (100) años de fundación del municipio de Leguízam) Colombia
La nación se asocia a la conmemoración de los cien (100) años de fundación del municipio de Leguízamo en el departamento del Putumayo
- Artículo 1o. La nación se asocia a la conmemoración de los cien (100)...
- Artículo 2o. La nación hace un reconocimiento al municipio de Leguízamo, a...
- Artículo 3o. El Gobierno nacional y el Congreso de la República de Colombia...
- Artículo 4o. Autorícese al Gobierno nacional para que de conformidad con los...
- Artículo 5o. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza al...
- Artículo 6o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga...
Otras regulaciones
La Comisión Asesora de Relaciones Exteriores Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales Se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos Se dictan normas encaminadas a fomentar, promover la sostenibilidad, la valoración y la transmisión de los saberes de los oficios artísticos Convención Internacional contra el Dopaje en el DeporteMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios