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Normas para el fomento de la actividad cinematográfica en Colombia Artículo 10 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/06/2024

Normas para el fomento de la actividad cinematográfica en Colombia
Artículo 10. Fondo para el desarrollo cinematográfico

Créase el Fondo para el Desarrollo Cinematográfico, como una cuenta especial sin personería jurídica administrada por el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica de conformidad con lo previsto en el artículo anterior, cuyos recursos estarán constituidos por:

1. El producto de la Cuota para el Desarrollo Cinematográfico, incluidos los rendimientos financieros que produzca.

2. Los recursos derivados de las operaciones que se realicen con los recursos del Fondo.

3. El producto de la venta o liquidación de sus inversiones.

4. Las donaciones, transferencias y aportes en dinero que reciba.

5. Aportes provenientes de cooperación internacional.

6. Las sanciones e intereses que en virtud del convenio celebrado con el administrador del Fondo, imponga la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por incumplimiento de los deberes de retención, declaración y pago de la Cuota para el Desarrollo Cinematográfico.

7. Los recursos que se le asignen en el presupuesto nacional.

Los recursos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico serán ejecutados de conformidad con las normas del derecho privado y de contratación entre particulares y se manejarán separadamente de los demás recursos del Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica.

De conformidad con el artículo 267 de la Constitución Política, la Contraloría General de la República ejercerá control fiscal sobre los recursos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico. En el ámbito de su competencia, el Ministerio de Cultura a través de la Dirección de Cinematografía, y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ejercerán vigilancia.



Colombia Art. 10 Normas para el fomento de la actividad cinematográfica
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Buenas tardes los empleadores pueden cambiar las fechas de pago? Antes lo hacían los 15 y 1 de cada mes .


El juez que deniegue analizar todas las pruebas bajo la sana critica, cercene y desecho sin motivación alguna, varias pruebas, incurre en prevaricato?


AAU Started providing academic services in 1990, Al-Ahliyya Amman University (AAU) was the first private university and pioneer of private education in Jordan. AAU has been accorded institutional and programmatic accreditation. It is a member of the International Association of Universities, Federation of the Universities of the Islamic World, Union of Arab Universities and Association of Arab Private Institutions of Higher Education. AAU always seeks distinction by upgrading learning outcomes through the adoption of methods and strategies that depend on a system of quality control and effective follow-up at all its faculties, departments, centers and administrative units. The overall aim is to become a flagship university not only at the Hashemite Kingdom of Jordan level but also at the Arab World level. In this vein, AAU has adopted Information Technology as an essential ingredient in its activities, especially e-learning, and it has incorporated it in its educational processes in all fields of specialization to become the first such university to do so.


Depende la clase de golpe que ha causado al ciclista; si es leve, grave o mortal, para cuyo ultimo caso debe ser objeto de investigacion administrativa y judicial, la prueba determinina si el accidente fue culposo o doloso.


Cuando tienes un accidente de tránsito has golpeado a un ciclista en horas de la noche llegan los patrulleros de policía en vez de ayudarte o auxiliarte, te ultrajan física, psicológica y verbalmente te mantienen esposado durante más de 45 minutos luego llaman al tránsito y permanezco un total 1hora y 30 minutos esposado, los agentes de tránsito me hacen un comparendo porque me negué a realizar una prueba de alcoholemia durante cuando estuve retenido en contra de mi libertad. ultrajado y violentado


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