Se establecen normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas y se dictan otras disposiciones (Normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas) Colombia
Normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas
- Artículo 1o. Para efectos de la presente ley, los siguientes términos...
- Artículo 2o. La Lengua de Señas en Colombia que necesariamente la utilizan quienes...
- Artículo 3o. El Estado apoyará las actividades de investigación,...
- Artículo 4o. El Estado garantizará y proveerá la ayuda de intérpretes...
- Artículo 5o. Podrán desempeñarse como intérpretes oficiales de la...
- Artículo 6o. El intérprete oficial de la Lengua de Señas Colombiana...
- Artículo 7o. Cuando se formulen requerimientos judiciales a personas sordas y sordociegas...
- Artículo 8o. Las entidades estatales de cualquier orden, incorporan paulatinamente dentro...
- Artículo 9o. El Gobierno Nacional y los gobiernos territoriales, deberán respetar...
- Artículo 10. Las entidades territoriales tomarán medidas de planificación...
- Artículo 11. Todos los derechos de educación, salud, interpretación,...
- Artículo 12. Todos los derechos de educación, salud, interpretación,...
- Artículo 13. El Estado asegurará a las personas sordas, sordociegas e...
- Artículo 14. El Estado facilitará a las personas sordas, sordociegas e...
- Artículo 15. Todo establecimiento o dependencia del Estado y de los entes territoriales...
- Artículo 16. En todo anuncio de servicio público en el que se utilice algún...
- Artículo 17. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Comunicaciones y la...
- Artículo 18. Los teléfonos públicos deberán contar con...
- Artículo 19. En las obras de teatro, conferencias, congresos u otros eventos...
- Artículo 20. En las obras de teatro, conferencias, congresos u otros eventos...
- Artículo 21. Respetando su particularidad lingüística y comunicativa la...
- Artículo 22. Todo sordo o sordociego tendrá el derecho inalienable de acceder a una...
- Artículo 23. Todo sordo y/o sordociego hablante tendrá el derecho de acceder a la...
- Artículo 24. A padres, cónyuges y hermanos de sordos y sordociegos que lo deseen el...
- Artículo 25. El Gobierno Nacional instituirá programas para que los padres oyentes...
- Artículo 26. Los niños sordos que nazcan en zonas rurales donde no existe ni una...
- Artículo 27. Nadie podrá atentar contra la patria potestad de los padres sordos...
- Artículo 28. Toda forma de represión al uso de una Lengua de Señas, tanto en...
- Artículo 29. Toda forma de represión a la congregación y organización...
- Artículo 30. Al sordo y sordociego no se le podrá negar, condicionar o restringir...
- Artículo 31. Al sordo o sordociego no se le podrá negar, condicionar o restringir...
- Artículo 32. De conformidad con la legislación laboral vigente, a igual trabajo...
- Artículo 33. De conformidad con la legislación vigente, a los sordos y sordociegos...
- Artículo 34. Toda discriminación de un sordo o sordociego señante en virtud...
- Artículo 35. El Gobierno Nacional, dentro de la política de empleo,...
- Artículo 36. El Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, realizará acciones de...
- Artículo 37. En los concursos que se organicen para el ingreso al servicio público,...
- Artículo 38. Las entidades tanto públicas como privadas que ofrecen programas de...
- Artículo 39. El Gobierno Nacional, a través de Icetex, garantizará la...
- Artículo 40. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Desarrollo (Instituto...
- Artículo 41. El Gobierno Nacional al reglamentar la presente ley tipificará las...
- Artículo 42. Todo niño recién nacido tiene derecho a que se estudie...
- Artículo 43. Será obligatoria la realización de los estudios que establezcan...
- Artículo 44. Autorízase al Gobierno Nacional para crear el Programa Nacional de...
- Artículo 45. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, los gobernadores y...
- Artículo 46. El Ministerio de Educación Nacional, a través del Insor,...
- Artículo 47. La presente ley regirá sesenta (60) días posteriores a su...
Otras regulaciones
Se autoriza la emisión de la estampilla La Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de labor Se dictan disposiciones en materia de Responsabilidad Deontológica para el ejercicio profesional de la terapia respiratoria Convención Interamericana sobre asistencia mutua en materia penal Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad Se crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología e InnovaciónMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
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