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Protocolo de Modificación del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las D Artículo 6 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/06/2024

Protocolo de Modificación del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas
Artículo 6. Ejecución de solicitudes





1. Para cumplir con una solicitud de asistencia mutua, la autoridad requerida deberá proceder dentro de su competencia y alcance, otorgando la información que posea o llevando a cabo los trámites correspondientes, con base en sus leyes y reglamentaciones vigentes.

2. El intercambio de asistencia mutua deberá realizarse directamente entre los funcionarios responsables designados para tales efectos, por las autoridades aduaneras de las Partes, quienes deberán proveer la información solicitada para los efectos señalados en el presente Convenio.

3. La autoridad requerida, conforme a su legislación interna, podrá:

a) realizar verificaciones, inspecciones o investigaciones;

b) examinar libros, documentos, registros u otros bienes tangibles que puedan ser relevantes o esenciales para la investigación, y

c) tomar las medidas necesarias para proveer a la autoridad requirente con dicha información.

4. A petición de la autoridad requirente, la autoridad requerida deberá informar de las acciones necesarias para atender su solicitud y el plazo estimado en que se llevarán a cabo.

5. En caso de que la solicitud no pueda ser atendida por la autoridad requerida, ésta deberá notificar sin demora este hecho, incluyendo una declaración de las razones y circunstancias que impidieron su cumplimiento.

6. Las disposiciones de este artículo deberán interpretarse en el sentido de que las autoridades aduaneras utilicen todos los medios legales y materiales disponibles en la ejecución de un a solicitud.

Colombia Art. 6 Se aprueba el Protocolo de Modificación del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas, aprobado en Cancún el 29 de octubre de 1999
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