Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival de Música Vallenata en Guitarras del municipio de Agustín Codazzi en el departamento del Cesar, se exaltan sus 34 años de existencia (Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival de Música Vallenata en Guitarras del municip) Colombia
Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival de Música Vallenata en Guitarras del municipio de Agustín Codazzi
- Artículo 1. Declárese Patrimonio Cultural de la Nación, el Festival de...
- Artículo 2. Para contribuir a su difusión y conservación de la obra...
- Artículo 3. A partir de la sanción de la presente ley y de conformidad con los...
- Artículo 4. Las autorizaciones otorgadas al Gobierno nacional en virtud de esta ley, se...
- Artículo 5. El Gobierno nacional queda autorizado para impulsar y apoyar ante otras...
- Artículo 6. Esta ley rige a partir de su aprobación, sanción y...
Otras regulaciones
Se establecen los parámetros generales para la creación de la Política Pública de Cultura Ciudadana en Colombia Se rinde honores a la memoria de la actriz Fanny Mikey Se adoptan medidas en relación con los deudores de los programas PRAN y FONSA Se honra la Memoria de los Magistrados y Servidores Públicos Se crean los comités de integración territorial para la adopción de los planes de ordenamiento territorialMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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