Se dictan normas sobre competencia desleal (Se dictan normas sobre competencia desleal) Colombia
Se dictan normas sobre competencia desleal
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Ámbito objetivo de aplicación
- Artículo 3o. Ámbito subjetivo de aplicación
- Artículo 4o. Ámbito territorial de aplicación
- Artículo 5o. Concepto de prestaciones mercantiles
- Artículo 6o. Interpretación
- Artículo 7o. Prohibición general
- Artículo 8o. Actos de desviación de la clientela
- Artículo 9o. Actos de desorganización
- Artículo 10. Actos de confusión
- Artículo 11. Actos de engaño
- Artículo 12. Actos de descrédito
- Artículo 13. Actos de comparación
- Artículo 14. Actos de imitación
- Artículo 15. Explotación de la reputación ajena
- Artículo 16. Violación de secretos
- Artículo 17. Inducción a la ruptura contractual
- Artículo 18. Violación de normas
- Artículo 19. Pactos desleales de exclusividad
- Artículo 20. Acciones
- Artículo 21. Legitimación activa
- Artículo 22. La legitimación pasiva
- Artículo 23. Prescripción
- Artículo 24. Trámite
- Artículo 25. Competencia territorial
- Artículo 26. Petición y decreto de diligencias preliminares de comprobación
- Artículo 27. Practica y apreciación de la diligencia preliminar de comprobación
- Artículo 28. Certificación de las diligencias preliminares
- Artículo 29. Término para presentar la demanda
- Artículo 30. Reclamo de la parte afectada por las diligencias preliminares
- Artículo 31. Medidas cautelares
- Artículo 32. Especialidad en materia probatoria
- Artículo 33. Vigencia
Otras regulaciones
Convenio sobre la Marcación de Explosivos Plásticos para los fines de detección Se declara patrimonio folclórico, cultural e inmaterial de la Nación el encuentro Nacional de Bandas en el municipio de Sincelejo Sa nación exalta y rinde homenaje a los héroes de Pienta, al cumplirse el bicentenario de la Independencia Se desarrolla parcialmente el artículo 44 de la Constitución Política para garantizar la vida La Nación se vincula a la celebración de los 75 años de la Universidad del AtlánticoMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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