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Se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales Artículo 5 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024

Se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales
Artículo 5. PROTECCIÓN CULTURAL DEL VICHE/BICHE

Los Gobiernos locales en conjunto con las entidades del Gobierno · Nacional y comunidades portadoras, de acuerdo con la normatividad que regula la materia, promoverán la implementación del Plan Especial de Salvaguardia del Paisaje Cultural Vichero/Bichero del Pacífico y sus saberes asociados. 

De igual manera protegerá a los demás saberes asociados al Viche/Biche que estén incluidos en la lista representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial. 

Se faculta a las comunidades negras, afrocolombianas, al Gobierno Nacional o a los departamentos de Chocó, cauca, Nariño y Valle del Cauca para postular, de acuerdo con los procedimientos fijados en la normatividad vigente, a esta práctica cultural y ancestral a los distintos programas de protección cultural que disponga el Estado colombiano en cabeza el Ministerio de Cultura o el que haga sus veces. 



Colombia Art. 5 Se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales, tradicionales y patrimonio colectivo de las comunidades negras afrocolombianas de la costa del pacífico colombiano y se dictan otras disposiciones
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Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?


Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.


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Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez


Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?


Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?


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