Se aprueba el Tratado entre la República de Colombia y Federación de Rusia sobre Asistencia Legal Recíproca en Materia Penal, suscrito en Moscú, Rusia, el 6 de abril de 2010 (Tratado entre la República de Colombia y Federación de Rusia sobre Asistencia Legal Recíproca en Mat) Colombia
Tratado entre la República de Colombia y Federación de Rusia sobre Asistencia Legal Recíproca en Materia Penal
- Artículo 1. Obligación de conceder asistencia legal
- Artículo 2. Alcance de la asistencia legal
- Artículo 3. Autoridades centrales
- Artículo 4. Forma y contenido de la solicitud
- Artículo 5. Idiomas
- Artículo 6. Denegación o aplazamiento de asistencia legal
- Artículo 7. Validez de los documentos
- Artículo 8. Confidencialidad y limitaciones en el empleo de la información
- Artículo 9. Ejecución de las solicitudes de asistencia legal
- Artículo 10. Entrega de documentos
- Artículo 11. Obtención de pruebas en territorio de parte requerida
- Artículo 12. Localización e identificación de personas y objetos
- Artículo 13. Comparecencia de testigos, victimas y peritos en el twrritorio de la parte requirente
- Artículo 14. Garantías a la persona citada
- Artículo 15. Traslado provisional de personas detenidas (incluida la que está cumpliendo la condena en forma de privación de libertad)
- Artículo 16. Protección de personas citadas o trasladadas a territorio de la parte requirente
- Artículo 17. Casos especiales de asistencia legal
- Artículo 18. Solicitud de ejercicio de acción penal
- Artículo 19. Medidas sobre bienes
- Artículo 20. Gastos
- Artículo 21. Consultas y solución de controversias
- Artículo 22. Disposiciones finales
Otras regulaciones
Se reviste al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias 2013 Se crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol Se establece el régimen de inhabilidades a quienes hayan sido condenados por delitos sexuales cometidos contra menores Se autorizan apropiaciones presupuestales para la ejecución de obras en el municipio de Caicedonia Acuerdo sobre Permiso de Residencia, Estudio y Trabajo para los Nacionales Fronterizos Brasileños y ColombianosMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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