Se aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras, firmado en Moscú a los veintiocho (28) días del mes de abril de 2004 (Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre) Colombia
Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras
- Artículo 1. Definiciones
- Artículo 2. Alcance del convenio
- Artículo 3. Agilización de procedimientos aduaneros
- Artículo 4. Formas de cooperación y asistencia mutua
- Artículo 5. Vigilancia de personas, mercaderías y medios de transporte
- Artículo 6. Otros mecanismos de asistencia
- Artículo 7. Medidas contra el tráfico ilícito de mercaderías vulnerables
- Artículo 8. Suministro de información
- Artículo 9. Documentos
- Artículo 10. Investigaciones
- Artículo 11. Presencia de agentes visitantes
- Artículo 12. Expertos y testigos
- Artículo 13. Uso de información y documentos
- Artículo 14. Excepciones de la obligación de prestar asistencia
- Artículo 15. Forma y contenido de la solicitud de asistencia
- Artículo 16. Colaboración técnica
- Artículo 17. Costos
- Artículo 18. Solución de controversias
- Artículo 19. Implementación del convenio
- Artículo 20. Aplicabilidad territorial
- Artículo 21. Vigencia del convenio
Otras regulaciones
El régimen de propiedad horizontal Se prohíben los procedimientos médicos y quirúrgicos estéticos para menores de edad El Estado fortalece la educación superior en las zonas apartadas y de difícil acceso Se asocia la República a la celebración de un centenario El Sistema Nacional de Defensoría PúblicaMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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