Se autoriza la emisión de la estampilla Pro-Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis Córdoba (La emisión de la estampilla Pro-Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis Córdoba) Colombia
La emisión de la estampilla Pro-Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis Córdoba
- Artículo 1o. Autorizar a la Asamblea Departamental del Chocó, para que ordene la...
- Artículo 2o. La emisión de la Estampilla Pro-Universidad Tecnológica del...
- Artículo 3o. Autorízase a la Asamblea Departamental del Chocó para que...
- Artículo 4o. Facúltase a la Asamblea del Departamento del Chocó para que...
- Artículo 5o. La obligación de adherir y anular la Estampilla a que se refiere esta...
- Artículo 6o. El control del recaudo, el traslado oportuno de los recursos a la...
- Artículo 7o. El control del recaudo, el traslado oportuno de los recursos a la Universidad...
- Artículo 8o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
- Artículo NUEVO. El Rector de la Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis...
- Artículo NUEVO1. La Contraloría departamental será la encargada de la...
Otras regulaciones
Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de India sobre Cooperación en Ciencia y Tecnología Convenio entre el Reino de España y la República de Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio La Nación se asocia a la conmemoración de los 50 años de labores del Colegio Instituto Nacional Manuel Murillo Toro de Chaparral El Congreso de la república se asocia al pueblo colombiano y rinde homenaje y exalta la memoria del expresidente del congreso ingeniero civil Se fijan términos para el pago oportuno de cesantías para los servidores públicosMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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