La emisión de la estampilla pro desarrollo científico y tecnológico del Instituto Tecnológico de Soledad, Atlántico (ITSA) y se dictan otras disposiciones (La emisión de la estampilla pro desarrollo científico y tecnológico del Instituto Tecnológico de Sol) Colombia
La emisión de la estampilla pro desarrollo científico y tecnológico del Instituto Tecnológico de Soledad, Atlántico
- Artículo 1o. Autorízase a la Asamblea Departamental del Atlántico para que...
- Artículo 2o. Los recaudos ordenados en la presente ley serán consignados por el...
- Artículo 3o. La emisión de la estampilla se autoriza hasta por la suma de dos mil...
- Artículo 4o. Autorízase a la Asamblea Departamental del Atlántico para que...
- Artículo 5o. La tarifa contemplada en esta ley no podrá exceder el 2% del hecho...
- Artículo 6o. El control fiscal sobre la inversión de los recursos provenientes de...
- Artículo 7o. Dentro de los hechos y actividades económicas sobre los cuales se...
- Artículo 8o. Destinación
- Artículo 9o. La presente ley rige a partir de su promulgación....
Otras regulaciones
Se garantiza el acceso en condiciones de universalidad al derecho prestacional de pago de prima de servicios para los trabajadores Se conmemoran los 200 años del fallecimiento de Francisco José de Caldas La Nación declara Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación al municipio de Charalá del departamento de Santander Convenio 162 sobre Utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad El sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercenMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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