Se declara Monumento Nacional el Templo de la Parroquia del Calvario en el Barrio Campo Valdés, ubicada en la zona nororiental de la ciudad de Medellín, y se dictan otras disposiciones (Monumento Nacional el Templo de la Parroquia del Calvario en) Colombia
Monumento Nacional el Templo de la Parroquia del Calvario en
- Artículo 1o. Declárase Monumento Nacional a la Parroquia del Calvario ubicada en el...
- Artículo 2o. Este templo como Monumento Nacional y patrimonio histórico será...
- Artículo 3o. Créase una junta proconservación y cuidado de esta reliquia...
- Artículo 4o. De acuerdo con el ordinario del lugar establézcase en el Templo de la...
- Artículo 5o. La Junta creada por la presente Ley recopilará la historia espiritual,...
- Artículo 6o. En la fachada principal del templo de El Calvario de la Parroquia de Campo...
- Artículo 7o. Esta Ley rige a partir de su sanción. El Presidente del honorable...
Otras regulaciones
Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros Se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes Se rinde homenaje a un ciudadano meritorio asignándole su nombre a una obra de interés público Se regula el hallazgo de bienes por parte del servidor público La Nación se vincula a la celebración de los cuatrocientos cincuenta años de la fundación de la Ciudad de ValleduparMejores juristas
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Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
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