Se adoptan medidas en materia de financiamiento para la, reactivacion del sector agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y agroindustriales (Se adoptan medidas en materia de financiamiento para la, reactivacion del sector agropecuario, pesqu) Colombia
Se adoptan medidas en materia de financiamiento para la, reactivacion del sector agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y agroindustriales
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Criterios de Priorización
- Artículo 3. Acuerdos de recuperación y saneamiento de cartera agropecuaria
- Artículo 4. Alivio especial a deudores del Fondo de Solidaridad Agropecuaria (FONSA) y del Programa de Reactivación Agropecuaria (PRAN)
- Artículo 5. Suspensión del cobro judicial y prescripción para deudores previstos en EL artículo 4° de la presente ley
- Artículo 6. Modifíquese el artículo 36 de la Ley 16 de 1990, el cual...
- Artículo 7. Modifíquese el artículo 1 de la Ley 302 de 1996, modificado...
- Artículo 8. Creación del programa de alivio a las obligaciones financieras y no...
- Artículo 9. El Ministerio de Agricultura entregará informes trimestrales al...
- Artículo 10. Reactivación económica en los distritos de adecuación...
- Artículo 11. Alivio con el saneamiento de la cartera de los usuarios de los distritos de...
- Artículo 12. Ampliase hasta el 30 de junio del 2021 el subsidio rural establecido en el...
- Artículo 13. Adiciónese los parágrafos 4 y 5 al artículo 9 del...
- Artículo 14. El establecimiento de los mecanismos previstos en esta ley deberá...
- Artículo 15. Vigencia
Otras regulaciones
Se declara patrimonio folclórico, cultural e inmaterial de la Nación el encuentro Nacional de Bandas en el municipio de Sincelejo Se reglamenta el ejercicio de la profesión de fisioterapia Se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro y Estabilización petrolera Se establecen nuevos mecanismos de votación e inscripción para garantizar el libre ejercicio de este derecho La Nación se asocia a la celebración de los 100 años de la fundación del municipio de La UniónMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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